El magistrado del caso Brugal, Carlos San Martín, se negó el pasado mes de abril a practicar algunas de las pruebas que le pedía el fiscal Anticorrupción, Felipe Briones. El juez argumentaba que el caso llevaba tres años y medio bajo secreto sumarial y emplazó tanto al ministerio público como a la Policía a que concretaran los delitos que se imputaban y a quiénes se acusaba, según se recoge en la causa. San Martín llevaba dos meses incorporado al juzgado y ya estaba barajando tanto levantar el secreto de sumario para evitar limitar el derecho de defensa de los imputados como inhibirse a otros juzgados de todos aquellos hechos que no afectaran directamente a Orihuela. De hecho, el juez les había dado un plazo concreto: 45 días, antes de que se tuvieran que volver a prorrogar las intervenciones telefónicas. Se trataba de los días previos al estallido del caso Brugal, ya que las detenciones se practicaron a comienzos del pasado julio.

La Fiscalía planteaba que se pidieran datos de empresas presuntamente vinculadas a la trama Brugal a la Seguridad Social y a la Agencia Tributaria de Valencia, una pruebas que denegó el juez. Cuando el fiscal recurrió la decisión, San Martín le recordó que los datos que se pedían correspondían a registros públicos y por tanto no había riesgo de destrucción de pruebas. El magistrado recordó que los hechos que se estaban investigando ahora no tenían ninguna relación con el delito que se indagaba en un principio: presuntas irregularidades en la contrata de la basura del municipio de Orihuela. La causa está hoy desgajada en hasta 18 piezas distintas repartidas entre juzgados de Alicante, Orihuela, Murcia y Dénia, e incluso alguna de ellas podría acabar en el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad.

San Martín recordaba que en el momento en el que se encontraban las diligencias tenían intervenido el teléfono cuatro personas "que no son ninguna de las que figuran como inicialmente imputadas en las actuaciones penales incoadas". El juez decía que "toda intervención de las comunicaciones debe venir avalada por informaciones y datos que conformen el principio de prueba que requiera su confirmación mediante la escucha de las intervenciones telefónicas. No a la inversa".

El juez argumentaba limitar las pruebas que se debían practicar para garantizar un "absoluto, concreto y preciso" control judicial de la causa. "A instancia de la Policía Judicial y el Fiscal se promueve una investigación que incluye a un considerable número de autoridades y cargos públicos, lo que exige si cabe un esmero y minuciosidad en las resoluciones a adoptar", decía el magistrado.