Trece años después de que 16 interventores de la Generalitat se beneficiaran de una espectacular subida salarial, los tribunales, a instancias de la Federación de Servicios Públicos de la UGT, siguen sin lograr que el dinero cobrado ilegalmente sea devuelto a las hoy maltrechas arcas publicas. Una nueva sentencia, en este caso del juzgado de lo contencioso administrativo número 1 de Valencia, insta a este grupo de altos funcionarios a devolver las cantidades percibidas durante los años 1998 y 1999 sin cobertura legal. Cabe recordar que en el año 2000 el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana anuló el incremento retributivo y cinco años después, en un auto de ejecución de sentencia solicitado por el sindicato, instó a los afectados a reintegrar lo cobrado o, en su defecto, pidió a la Administración que se lo descontara de su nómina. Once años después de que comenzara el litigio ni una cosa ni la otra ha ocurrido e incluso, según el sindicato reclamante, algunos de los funcionarios están ya jubilados.

El colectivo de interventores se ha resistido durante todo este tiempo a cumplir con lo dispuesto por los tribunales encadenando un recurso tras otro. Y es que las cantidades que adeudan a la Generalitat no son una minucia. Tal como en su día informó este diario, los 16 interventores se vieron beneficiados por un incremento salarial que en algunos casos alcanzó el 62%. La medida pactada en los tiempos en los que José Luis Olivas era conseller de Economía supuso incrementos anuales de más de 9.000 euros en el caso de tres viceinterventores y de 6.000 en el resto de los casos. Durante cerca de dos años y hasta que el TSJ tumbó el acuerdo se beneficiaron de este aumento retributivo.

Ya en su día el sindicato calculó que las cantidades que debían reintegrarse ascendían a más de 400.000 euros (más de 66 millones de las antiguas pesetas). La FSP-UGT, que siempre ha acusado a los responsables de Hacienda de amparar a los altos funcionarios en su negativa a cumplir con la sentencia, exigió en su momento que el colectivo pagara también los intereses de demora. Pero en esta reclamación no han logrado el amparo del juzgado.

En lo restante, sin embargo, el auto es claro respecto a la obligación de los interventores a devolver el dinero. En concreto, los interventores habían recurrido una resolución del subsecretario de la Conselleria de Economía y Hacienda de noviembre de 2009 en la que les otorgaba cinco días para que optaran entre la compensación en la nómina o el abono de de la deuda mediante carta de pago. Un importante representación de los funcionarios afectados trataron de tumbar el acuerdo que acercaba el momento en que tenían que rascarse el bolsillo, alegando, entre otras cuestiones, que la obligación había prescrito. Pero la titular del juzgado es tajante a este respecto: "Nos encontramos -argumenta- ante unos intereses públicos, en principio disponibles, y no ante intereses privados, y la aplicación de la caducidad conduciría un perjuicio a los intereses públicos". "El obligado a ejecutar la sentencia no es un particular sino una Administración Pública que sirve con objetividad l os intereses con sometimiento a la ley, lo contrario asimilaría a la Administración a un deudor que no desea cumplir con su obligación", añade el auto.

Pero va más allá en lo que parece un velada crítica por la tardanza del Consell en ejecutar la sentencia, teniendo en cuenta que la Administración tiene en su mano hacerla efectiva de un día para otro: "Teniendo en cuenta que basta una simple operación de descuento en la nóminas, no es preceptiva la resolución del conseller". Además, descarta que sea necesario un trámite de audiencia previo ni un expediente que motive la procedencia de practicar la oportuna liquidación. Eso sí, no ve exigibles intereses de demora como pedía el sindicato.

La FSP exigió ayer a Economía que demuestre que no existe un doble rasero a la hora de tratar a los funcionarios y le pidió diligencia en aplicar el descuento a los altos funcionarios.