¿Se esperaba su designación?

Ha sido una gran sorpresa porque los candidatos al Tribunal de la Rota suelen ser sacerdotes con muchos años de experiencia en sus tribunales eclesiásticos. La mía arranca en 1999 como notario y en 2002 pasé a ser juez diocesano. Cumplo los requisitos, entre ellos ser doctor en Derecho Canónico, pero no lo esperaba.

¿Se traslada a Madrid?

Las normas que aprobó Juan Pablo II en 1999 obligan a los jueces de La Rota a residir en Madrid. Soy alicantino y supone para mí un desgarro afectivo ya que dejo a mis padres y hermanos -uno de ellos es vicario en la Concatedral-, a mis amigos y a mis feligreses de la parroquia de San Salvador.

¿Cuál es la labor de La Rota?

Estudiar las causas de nulidad en segunda o tercera instancia ya que el principio que rige es que un matrimonio es siempre válido hasta que se demuestre lo contrario. No basta con una sola sentencia favorable, se necesitan dos. Si, por ejemplo, en un caso el tribunal eclesiástico de Alicante se pronuncia a favor, pasaría a Valencia (segunda instancia) para su ratificación. Si es negativa, se enviaría a Madrid en tercera instancia o cuarta si fuese necesario. Esto solo ocurre en España, gracias a un privilegio del Papa Clemente XVI, ya que en el resto de países pasaría a la Rota romana.

¿Y las causas de nulidad?

Antes el caso típico era el de dos personas obligadas por sus familias a casarse por un embarazo no deseado. Hasta 2005 estas causas llegaban siempre a la tercera instancia pero ese año la Santa Sede promulgó una instrucción según la cual se declaraba nulo si el segundo tribunal dictaba también sentencia favorable. Supone un gran ahorro de tiempo y personal.

¿Y actualmente?

La gran mayoría se deben a la incapacidad por motivos psíquicos. Puede existir una inmadurez afectiva o una disminución psíquica pero la otra persona se casó porque ese impedimento permanecía oculto y luego se ha manifestado. O porque un cónyuge se da cuenta de que no quiere aceptar lo que el matrimonio lleva consigo como el compromiso para toda la vida, excluye los hijos o la fidelidad, y quiere otro tipo de unión. También hay quienes piden la nulidad porque se han sentido engañados por otras personas que se casaron por conseguir un determinado estatus económico y social, o la nacionalidad.

La violencia de género, ¿puede ser causa de nulidad?

Es uno de los indicios más claros de que una persona demuestra incapacidad para el matrimonio. El agresor es incapaz de cumplir un requisito esencial, la obligación de cuidar esa comunidad de vida y amor. Con su actitud se sale de la normalidad de los parámetros de la psicología y antepone la razón de la fuerza a la fuerza de la razón. En todos los casos se hace una pericial psicológica pero sí que ha habido nulidades por violencia doméstica.

¿Cuántos casos resuelve al año el tribunal en España?

Ronda las 200 resoluciones, aunque cuando la causa llega a Madrid puede demorarse hasta cuatro años -la mitad si se resuelve antes- con un 80% de sentencias favorables. En Alicante entran unas 45 causas anuales, el doble que hace diez años.

¿Por qué motivo?

Mucha gente pensaba que la nulidad estaba restringida a la élite o a personas con muchos recursos económicos pero no es así. Más del 20% de las causas son de patrocinio gratuito, es decir, que las personas que piden la nulidad no tienen que pagar si demuestran que no pueden, o asumen solo una parte con reducción de costas y abogado de oficio (las tasas en primera instancia ascienden a 1.000 y la ratificación 360).

¿La crisis afecta a las causas?

El número de causas que entran ha descendido en los últimos tres años. A la vez han crecido las de patrocinio gratuito, lo que tiene una vinculación muy grande con la crisis. La gente se lo piensa dos veces pero las personas que están decididas y no tienen medios piden reducción de costes o la gratuidad.

Muchos creen que el dinero garantiza la nulidad para ricos y famosos incluso sin motivo...

Ningún juez se atreve a dar una causa de nulidad donde no haya fundamento. Su prestigio profesional quedaría en ridículo ya que todas tienen que ser vistas por un tribunal superior. Además si fuese unipersonal el soborno sería más fácil pero sobornar a tres jueces en cada instancia y a los defensores del vínculo de cada una sería un despropósito total.