Una resolución de la Dirección General de Farmacia en la que se explica con detalle, a lo largo de 34 páginas, cómo se va a aplicar el cobro del copago farmacéutico a los ciudadanos de la Comunitat Valenciana a partir del 1 de julio indica que se cobrará el 60 % del importe de los medicamentos —que es la tasa máxima— a los asegurados activos cuando la Conselleria de Sanidad no disponga de «las condiciones de acceso tecnológico» para determinar la aportación del usuario, es decir cuando la receta no lleve el código de identificación de la renta que establece el porcentaje a pagar por el usuario.

El documento no precisa de qué condiciones tecnológicas se trata y la Conselleria de Sanidad tampoco las pudo precisar ayer.

Es decir, que toda aquella persona que a partir del 1 de julio acuda a la farmacia con una receta roja o verde, como las actuales, pagará el 60 % del precio total del medicamento que necesite si es población activa y el 10 % si es pensionista.

Esta no es la única excepción en la que a los asegurados activos se les a aplicar la tasa máxima de aportación, que es el 60 %, independientemente de la renta que tengan, ya que la conselleria ha ordenado que se cobre la máxima cantidad de copago a los ciudadanos que vayan a la farmacia con una receta informatizada o manual que acrediten su derecho a la prestación farmacéutica del SNS pero no tengan tarjeta SIP.

Las instrucciones señalan también que cuando la «hoja de tratamientos vigentes» del usuario no lleve el código que identifica el porcentaje de aportación, se le cobre también el máximo: 60 % a la población activa y un 10 % a los pensionistas.

En definitiva, cuando la receta no lleve el porcentaje de la aportación, el ciudadano pagará a tocateja el 60 % si es activo o el 10 % si es pensionista, lo que significa que a partir del 1 de julio sacar un medicamento con una receta verde costará el 60 % y si es la roja de pensionista, el 10 %.

«Casos excepcionales»

Una portavoz de la Conselleria de Sanidad, por su parte, declaró que se cobrará el 60 % del importe total del medicamento en «situaciones extraordinarias y puntuales», cuando no esté identificada en la receta la aportación del usuario.

A diecinueve días de la entrada en vigor del Real Decreto 16/2012 de medidas urgentes para garantizar la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud (SNS), Sanidad todavía no ha recibido los datos del Ministerio de Hacienda de la declaración de la renta de 2010 que se cruzarán con los de los afiliados de la Comunitat Valenciana para elaborar el fichero de los Códigos de Clasificación de Tarjeta Sanitaria Individual (CCTSI) y el tope legal de aportación mensual (TAM), que son los datos que determinarán el Régimen de Aportación Farmacéutica (RAF) que abonará cada usuario.

La Dirección General de Farmacia ha señalado que mensualmente se elaborará un fichero con la facturación de las recetas oficiales del SNS para realizar las comprobaciones y validaciones automatizadas tanto por las oficinas de farmacia como por la Agencia Valenciana de Salut.

En la Comunitat Valenciana hay 598 farmacias que ya disponen del sistema de receta electrónica y otras 1.602 que todavía no han instalado este servicio que, por cierto, costea el propio farmacéutico.

La Dirección de Farmacia quiere un «procedimiento ágil»

La Conselleria de Sanidad calculará trimestralmente los saldos resultantes de la sobreaportación del asegurado. En el caso de los pensionistas, la cantidad que exceda de los límites mensuales marcados (ocho euros, 18 o 60, según la renta de 2010) se le ingresará directamente en la cuenta donde cobre la pensión. Más complicado va a ser para los que paguen el 60 % aunque solo les corresponda abonar el 40 % o el 50 %. Tendrán que recoger los recibos de los medicamentos para adjuntarlos a la reclamación que habrá que presentar en las delegaciones territoriales. La Dirección General de Farmacia ya alerta de que es necesario tener un procedimiento administrativo ágil para realizar los reembolsos por sobreaportación o por los errores de cálculo de la aportación mensual.