El Tribunal Supremo ha impuesto cuatro meses de prisión a un soldado valenciano con problemas de inestabilidad emocional que no se reincorporó a su destino en la base militar del Castrillo del Val (Burgos) tras una baja por motivos psicológicos. El alto tribunal ha aplicado el Código Penal Militar a rajatabla a pesar de que el propio Ejército incapacitó al soldado para el servicio en las Fuerzas Armadas poco después. Uno de los magistrados de la sala ha emitido un voto particular al entender que el acusado debía haber sido absuelto del delito y, en todo caso, haber sido sancionado por la vía administrativa.

El acusado no se presentó en su unidad el 2 de febrero de 2010 y permaneció fuera del control de sus mandos hasta el 30 de julio de 2010. El imputado, según la sentencia, psicológicamente tenía "una personalidad anómala con pobre respuesta adaptativa y de autocontrol por su falta de madurez y confianza, así como una necesidad acusada de apoyo y valoración externa frente a las dificultades".

El soldado se desplazó durante su baja médica a Valencia. El procesado indicó en el juicio que cuando finalizó su baja no volvió a su unidad porque "no tenía dinero" para viajar a Burgos. Durante el tiempo que permaneció en Valencia de forma indebida, un psiquiatra le recetó un tranquilizante para la ansiedad. A pesar de los problemas médicos, la sala entiende que cometió un delito de abandono de destino y le impone los 4 meses. En la jurisdicción militar no se suelen suspender las penas de prisión, aunque sean de menos 2 años.