El Ejército podrá seguir escoltando a la Virgen de los Desamparados en los desfiles. El Tribunal Supremo considera válida la norma aprobada hace dos años por el Gobierno que autoriza a las Fuerzas Armadas a participar en actos religiosos tras analizar el caso de un sargento valenciano que se negó a rendir honores a la Virgen de los Desamparados.

El Alto Tribunal ha rechazado el recurso que interpuso una asociación militar y que apeló al caso del sargento como ejemplo de que falla la supuesta neutralidad de los poderes públicos en un Estado aconfesional. La negativa del militar a rendirle honores a la Geperudeta le acarreó una sanción de sesenta días de privación de libertad y un destierro de dos años.

El Gobierno aprobó hace dos años un nuevo reglamento de honores militares que establece la obligatoriedad de asistir a los funerales y que en teoría deja que la participación en el resto de actos religiosos sea voluntaria. La Asociación Unificada de Militares Españoles (AUME) recurrió contra el real decreto al entender que los soldados no tienen opción de decidir y considerar que el Ejército no tiene que participar en los actos religiosos ya que el Estado es aconfesional.

La AUME argumentó la demanda con el caso del sargento Francisco Esteban Hernández Sánchez, que hizo historia cuando le plantó cara a sus mandos y se negó a desfilar ante la Virgen de los Desamparados. Hernández, que ahora trabaja como abogado, formaba parte de una compañía de Marines que fue destinada al acuartelamiento de San Juan de la Ribera —que tiene su sede en la Alameda— para participar en una parada militar en honor a la Virgen de los Desamparados.

El sargento se percató de la naturaleza religiosa del acto durante los ensayos previos a la parada y solicitó por escrito al coronel jefe de su regimiento ser relevado de la comisión de servicio alegando «razones de conciencia». La misma mañana en la que debía realizarse el desfile la oficina de mando del coronel recibió veinticuatro solicitudes de suboficiales que no querían desfilar. El coronel manifestó en un primer momento que la asistencia era voluntaria, pero al constatar el número de bajas ordenó que los designados estuvieran en el acto y desfilaran ante la Geperudeta.

El sargento Hernández permaneció en formación durante durante los honores al jefe de la Región Militar de Levante y a la bandera de España, y cuando se disponía a pasar ante la Virgen de los Desamparados se marchó. El acto de indisciplina le costó los sesenta días de reclusión y el destierro de dos años.

La Asociación Unificada de Militares Español advirtió en su recurso de que el nuevo reglamento establece que la participación es voluntaria, pero «previa autorización. No se especifica qué órgano de la Administración Militar o qué mando tiene la competencia para decidir si se otorga o no». El colectivo defendió ante el Supremo que esa inconcreción «supone la pérdida de la necesaria neutralidad religiosa de las Fuerzas Armadas como parte de los poderes públicos y es contraria a la Constitución Española».

El Supremo admite en la sentencia que «la confesionalidad del Estado comporta la neutralidad de los podes públicos, pero no excluye que éstos tengan en cuenta las creencias religiosas de la sociedad y mantengan relaciones de cooperación con la Iglesia Católica y las demás confesiones».

Francisco Hernández apuntó ayer que situaciones como la que él sufrió «son una auténtica aberración. En el momento que me sucedió a mí ya había soldados que eran de religión musulmana y no tenían ningún sentido que rindieran honores a la Virgen de los Desamparados».