La pretensión del Consell de utilizar la ley de presupuestos de 2013 con el fin de dar un golpe de mano y tomar el mando del personal en las instituciones de la Generalitat -entre ellas, las que fiscalizan su gestión, la Sindicatura de Comptes y el Síndic de Greuges- puede estrellarse contra serios problemas legales. Como mínimo, en el caso del órgano fiscalizador. La intención del Ejecutivo choca con la ley de creación de la Sindicatura que, al igual que el resto de normas reguladoras de las instituciones de la Generalitat, está blindada por el Estatuto de Autonomía, que establece el listón de tres quintos para cualquier modificación y, en consecuencia, es de rango superior a la de presupuestos. La ley del Síndic consagra, para preservar la independiencia del auditor, la plena autonomía también en materia de personal.

En concreto, el artículo 3 determina que, "acorde con su independencia funcional", corresponde al fiscalizador la elaboración y aprobación de su "propio" presupuesto, que se integra en el de la Generalitat como "sección independiente", así como "la regulación de cuanto afecte a su gobierno y organización, de acuerdo con los créditos presupuestarios autorizados por las Corts Valencianes para estos fines". Y añade específicamente: "El régimen interno del personal a su servicio, sin perjuicio de las normas generales que sean de aplicación".

El Ejecutivo ha modificado la redacción tradicional del texto articulado de la ley de presupuestos de 2013 para que los órganos estatutarios requieran también, como el resto de la Administración y el sector público, del permiso de la Conselleria de Hacienda a la hora de aprobar cualquier acuerdo que, "directa o indirectamente", comporte incremento del gasto de personal. Sólo se exceptúan las Corts, cuando hasta ahora se quedaban al margen la Cámara y los entes de la Generalitat. En el caso de los órganos que son comisionados de las Corts -las Sindicaturas-, las dudas son mayores porque, al limitar la autonomía de éstos, indirectamente se está rebajando la capacidad del Parlamento. Además, el cambio implica que el órgano controlador tenga que solicitar autorización al controlado para cualquier cambio en personal, aunque no se eleve el gasto globalmente.

Malestar en los organismos

En el caso del Síndic de Greuges, la ley establece que ejercerá sus funciones "con total independencia de criterios respecto de las otras instituciones de la Generalitat" y "durante su gestión no estará sujeto ni a instrucciones ni a ningún mandato imperativo". Además, podrá designar "libremente a los asesores necesarios" para su tarea "dentro de los límites presupuestarios". En cuanto al Consell Jurídic, órgano consultivo del Ejecutivo, se indica que actuará "con autonomía orgánica y funcional, a fin de garantizar su independencia".

La decisión del Ejecutivo ha creado malestar e inquietud en los organismos de la Generalitat donde, en privado, se asegura que la iniciativa es "ilegal" y que, en caso de requerirse una ampliación de personal, debería llevarse adelante sin pedir permiso alguno y que el Consell lo recurra.