El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) obliga a la Conselleria de Educación a implantar una línea en valenciano en un colegio concertado de Picassent al que se la denegó en 2009. El tribunal da un mes de plazo a la Generalitat para que apruebe un Pla d'Ensenyament en Valencià (PEV) en el centro Sant Cristòfor Màrtir, propiedad del Arzobispado de Valencia, y le recrimina que haya estado vetando esta posibilidad de manera ilegal. Los magistrados entienden que no hay ninguna ley, ni tampoco ningún documento que avalaran la posición de la administración autonómica.

La sentencia da la razón a dos padres que, asesorados por Escola Valenciana, recurrieron la negativa de implantar una línea en valenciano en el centro en el año 2009. Y eso que 24 de los 26 alumnos de la clase solicitaban la PEV y a los otros dos les era indiferente. Tampoco fue suficiente la solicitud del Consejo Escolar del centro y el apoyo del pleno del Ayuntamiento de Picassent. La conselleria que dirigía el actual vicepresidente de las Corts, Alejandro Font de Mora, tampoco atendió a un informe de su inspector, ni a la petición del párroco del pueblo, Vicent Cardona, a la sazón máximo representante del colegio en el municipio.

El rechazo de la conselleria se basaba en "el contexto sociolingüístico en el que está ubicado el colegio, así como su alumnado" y por el "diseño particular del programa y el acta de la sesión extraordinaria del Consejo Escolar correspondiente". La administración esgrimía igualmente "el informe que desde el Servicio de Planificación Educativa se había emitido respecto a los programas de educación bilingüe que aplican los centros a la localidad de Picassent y del que se deduce que el equilibrio en el normal uso y enseñanza de las dos lenguas oficiales se vería perjudicado en esta localidad".

Sin embargo, la sala señala que son varios los motivos que avalan la revocación del acuerdo de la Conselleria de Educación. El primero de ellos, explica, es "la falta de detalle justificativo de la resolución en términos suficientes como para que pueda conocerse el porqué una cierta solicitud de aplicación del Programa de Enseñanza en Valenciana no se conforma al molde legal establecido por el Derecho".

El TSJ cree que "la defensa en juicio de la Generalitat no se remite a ningún documento que exhiba la veraz (y no simplemente alegada) coincidencia entre lo que se dice y la realidad existente". La sala recuerda a la Conselleria que el argumento aplicado para vetar la línea en el colegio de Picassent no se utiliza para centros donde el castellano es predominante

La sentencia hace notar que la decisión se remite a enunciados normativos y a un informe del Servicio de Planificación Educativa de 20 abril 2010 pero que "lo único que hace es describir, sin analizar la situación de la enseñanza, en números, de Picassent".

Desde Escola Valenciana defendieron que en la actualidad hay otros dos contenciosos presentados por padres de otros dos colegios que se estudian en el TSJ. Se trata de los centros públicos de Xirivella Jaume I y Ramón y Cajal. En ambos se solicita cambiar una línea en castellano por una de inmersión lingüística, donde se dan varias asignaturas troncales en valenciano, además de la específica.

En este caso, desde la entidad cívica se mostraron muy optimistas con que la justicia daría la razón a los padres, puesto que los argumentos de Educación son los mismos y la demanda es "calcada" a la del colegio de Picassent.