El Tribunal Superior de Justicia ha anulado la orden de la Generalitat Valenciana que modificó las bases del segundo examen de la oposición de enfermería al rebajar el número de preguntas acertadas necesarias para poder aprobar. La sala ha ordenado retomar la oposición con los primeros 372 aprobados y ha dejado fuera a los 700 que entraron con la rebaja de los requisitos. La Conselleria de Sanidad y el tribunal de la oposición acordaron rebajar el número de preguntas necesarias para pasar al segundo examen de 28 a 25 porque con el primer criterio solo pasaban el corte 372 aspirantes y era necesario cubrir 500 plazas. Los magistrados de la sala de lo Contencioso Administrativo del TSJ advierten en el fallo de que las bases de la oposición vinculan tanto a los participantes como a la Administración convocante por lo que el criterio es inmodificable por la concurrencia de circunstancias ajenas al proceso de selección.

La oposición de Enfermería OPE 2007 acumula un gran retraso ya que la Generalitat ofertó las quinientas plazas que iban a salir a concurso hace siete años. Los 16.081 aspirantes pagaron las tasas en 2011. El primer ejercicio se realizó el 30 de junio de 2013 en las tres capitales de provincia de la Comunitat Valenciana y ya fue polémica. Ese mismo día, el tribunal comunicó a los aspirantes que para pasar el primer examen sería necesario tener aprobadas 28 de las 50 preguntas de las que constaba el ejercicio.

El descontento generalizado ante algunos enunciados imprecisos de las preguntas suscitó un aluvión de recursos y el mismo día el tribunal de la oposición decidió modificar la nota de corte y bajarla a 25 preguntas aprobadas. En la lista de aprobados había 270 personas que ya tenían la plaza asegurada (300 eran de turno libre, 25 para personas con discapacidad y 175 de promoción interna).

Una enfermera colegiada en Castelló que estaba en desacuerdo con la rebaja de la nota, Silvia Pérez Ferrarons, presentó el recurso en la sala de lo Contencioso-Administrativo que ha desembocado en la anulación de la rebaja de los requisitos para pasar el corte. La sala admitió a trámite el recurso y provocó la suspensión cautelar del segundo examen, que se tenía que haber celebrado el 26 de enero. La decisión que el Tribunal Superior de Justicia acaba de adoptar ahora supone dejar definitivamente fuera del proceso a los setecientos aspirantes que habían entrado con el cambio de criterio para poder cubrir las plazas.

La Generalitat Valenciana solicitó la desestimación del recurso. Sin embargo, la sala considera que la Administración no tenía derecho a modificar unilateralmente las bases de la convocatoria a mitad del proceso. Los fundamentos de derecho de la sentencia inciden en que las bases son vinculantes . «Cuando el sentido y alcance de las bases son literalmente inequívocos respecto a la concreción y precisión del resultado para superar el ejercicio, el criterio aplicable es inmodificable por la concurrencia de las circunstancias ajenas al proceso selectivo», concreta el fallo.

19 de diciembre de 2013

La sala destaca en el apartado final de los fundamentos de derecho de la sentencia que la resolución del 19 de diciembre de 2013 que cambió las bases de la oposición «es contraria a derecho». Los magistrados ordenan al tribunal opositor que rectifique la relación de aspirantes que superaron el primer ejercicio teniendo en cuenta «solo, con la puntuación que corresponda, a los opositores que por turno libre obtuvieron 28 respuestas netas equivalentes a 25 puntos, 23,50 para la modalidad 2 de promoción interna y 26,30 para los de la promoción interna 3». El fallo precisa que éstos son los que deben pasar al segundo ejercicio.