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Medio Ambiente

El TSJ deja fuera de protección parte del parque del Turia

La sentencia deja en manos municipales la decisión de urbanizar toda la huerta de Riba-roja de Túria

El TSJ deja fuera de protección parte del parque del Turia

El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana ha dejado fuera del ámbito de la protección más estricta una superficie indeterminada del termino de Riba-roja incluida inicialmente dentro del Parque Natural del Turia.

El Alto Tribunal atiende los recursos presentados por decenas de particulares y anula «parcialmente» tanto el decreto 42/2007 por el que se aprueba el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales (PORN) del Turia en lo que afecta a los terrenos de los municipios de Valencia y Riba-roja cuyos propietarios habían presentado recurso.

En la práctica, la decisión del TSJ supone dejar fuera del Área de Influencia 1 regulada en el PORN una parte sustancial de las 1.716 hectáreas incluidas en la Unidad Medioambiental 4 del Parque Natural del Turia. El TSJ entiende que no están debidamente justificados los valores ambientales que llevaron a esta planificación y decide su inclusión en el Área de Influencia 2, que era la opción menos perjudicial para sus intereses de los recurrentes, que llegaron a pedir la anulación completa del Decreto del Consell por el que se declaraba parque natural el entorno fluvial del Turia.

Según la legislación vigente, el Área de Influencia 1 se caracteriza por albergar zonas con un uso agrícola «intercaladas con sectores forestales intercalados con sectores forestales... siendo su destino la conservación de los valores naturales, paisajísticos, y culturales, en forma compatible con el mantenimiento y desarrollo de la actividad existente de tipo agrícola, ganadero-forestal, cinegético y de uso público».

El Área de Influencia 2, a la que pasan a pertenecer todos estos espacios, «incluye zonas cuyo régimen de usos y aprovechamientos del suelo y los recursos naturales y, en particular su régimen urbanístico, vendrán determinados en cada caso por los respectivos planeamientos urbanos municipales...». Es decir, de una protección estricta se pasa a una condicionada al criterio de los municipios, partidarios en general de ampliar los espacios urbanizables.

Medio Ambiente no supo precisar ayer la superficie afectada, aunque dijo que no «comprometía la viabilidad» del espacio natural.

Tanto la Generalitat Valenciana como los ayuntamientos de Riba- roja de Túria, Valencia y Paterna se opusieron a la admisión a trámite del recurso mientras que Mislata no ejerció su derecho dejando caducar los plazos para oponerse a la demanda de los propietarios.

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