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Tribunales

4.500 euros por caricaturizar a policías

Un agente del Grupo de Operaciones Especiales de Valencia es condenado por dos juzgados distintos a indemnizar por daños morales a dos compañeros policías de los que se mofó en los vestuarios con dibujos que los retrataban como chulos o malolientes

4.500 euros por caricaturizar a policías

La escena es chocante. En los vestuarios y las taquillas del retén de la Policía Local de Valencia que el Grupo de Operaciones Especiales utiliza en el Molí del Sol, aparecen dibujos y caricaturas fotocopiadas. Se mofan de varios agentes del cuerpo. A uno, literalmente, los pasquines lo presentan como «una persona 'chulesca', grasienta, descuidada, maloliente», y aluden a episodios de su vida íntima y privada, sin el consentimiento de éste ni ninguna justificación. Más detalles: la imagen de uno de los agentes mofados aparece junto al enunciado «pack chulón» y con dibujos que lo retratan con aspecto físico grueso, y de su uniforme de policía con manchas de sudor, de su ropa íntima también manchada, con leyendas como «tropezones de bacalao», «manteca de cerdo», «peusec», «vale por un desodorante», así como alusiones a acontecimientos de su vida privada con la leyenda «baja médica - intoxicación humo», además de otras referencias a su intimidad.

Todo ello es chocante. Aún más sorprende saber que el autor es uno de los agentes responsables de guardar el orden público y que integra dicho Grupo de Operaciones Especiales. Ahora, una juez del Juzgado de Primera Instancia Nº 1 de Carlet ha condenado al autor de los dibujos a abonar a uno de los policías afectados 2.000 euros en concepto de «indemnización por los daños morales sufridos». La juez considera que el autor de los dibujos ha cometido «una intromisión ilegítima en el honor» del agente que presentó la denuncia, por el contenido «gravemente vejatorio y ofensivo» de las caricaturas realizadas y difundidas entre sus colegas.

Se trata de la segunda sentencia, emitida por dos juzgados diferentes (uno de Valencia, con multa de 2.500 euros, y éste de Carlet), que condena al autor de las caricaturas „un policía local cuyo nombre responde a las iniciales A. C. D.„ por los mismos dibujos, realizados en otoño de 2009. Los denunciantes han sido dos agentes distintos afectados por las burlas. En esta nueva sentencia, la juez manifiesta que no puede compartir la tesis sostenida por el demandado, que negaba que las caricaturas producieran burla, mofa o escarnio, sino que habían sido confeccionadas en un contexto humorístico, desprovisto de toda lesión al honor. No es así, en opinión de la juez.

Retraso del protocolo contra acoso

La sentencia, del 31 de marzo, es firme y guarda relación con el retraso del Ayuntamiento de Valencia en la aprobación del «Protocolo de actuación frente al acoso laboral». El protocolo podía haberse aprobado en 2008, pero la aprobación del documento se retrasó a 2014. La justicia ha intervenido en este caso, a petición de los policías afectados, que en su día no pudieron acogerse a la normativa municipal contra el acoso laboral. En la actualidad, dicho protocolo establece que cuando se intuya la existencia de acoso laboral, el responsable «podrá ordenar la incoación de un expediente disciplinario por la comisión de una falta muy grave de acoso». Al ocurrir los hechos, el policía ahora condenado por partida doble fue objeto de un expediente disciplinario que derivó sólo en una «falta leve». Además, no fue sancionado por haber prescrito la infracción.

Como consecuencia del capítulo de injurias y el ambiente laboral que desataron las caricaturas, según consta en la primera sentencia judicial, uno de los policías mofados «tuvo que acudir a los servicios médicos, siendo diagnosticado de una crisis de ansiedad aguda y causando baja laboral por un cuadro de estrés postraumático» durante cuatro meses. El otro policía que denunció el caso fue tratado por la Unidad Médica de la Policía Local.

Aunque el policía demandante reclamaba una indemnización de 14.125 euros, la juez establece que «no ha quedado acreditado» la relación causa-efecto entre la difusión de la caricatura y el periodo de baja laboral sufrido por el agente que ha acudido a los tribunales. Por ello impone 2.000 euros de multa. Por caricaturizar.

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