El Tribunal Supremo ha condenando a la Generalitat a indemnizar con 300.000 euros a un paciente que fue intervenido en el Hospital de Sagunt, una operación realizada en 2003 y por la que sufrió secuelas que le dejaron parapléjico. Así se desprende de una sentencia emitida por el alto tribunal el pasado 26 de mayo. El afectado recurrió la decisión del Tribunal Superior de Justicia de la C. Valenciana que en 2013 dio por buenos los 18.000 euros que la Administración había fijado como responsabilidad patrimonial.

La parte demandante reclamaba 1,9 millones al asegurar que existía una relación causa-efecto entre la operación realizada con anestesia epidural y la secuela de paraplejia. Pero la base de su reclamación venía dada no solo por la negligencia, sino por el incumplimiento del deber de información, esto es «la ocultación de los riesgos enormes que el procedimiento (la intervención con anestesia epidural) podía acarrearle».

El Supremo entiende que «la vulneración del derecho a un consentimiento informado constituye en sí misma» una infracción. El paciente, en definitiva, había sido privado de elegir, lo que convierte a la administración en responsable por los daños ocasionados.

Lesión de rodilla

Los hechos se produjeron en 2003, cuando el afectado fue intervenido de una lesión de rodilla en el Hospital de Sagunt. La operación, realizada con anestesia epidural, no provocó problemas aparentes. El paciente fue dado de alto pero días después comenzaron las complicaciones, que terminaron provocando las secuelas de paraplejia y el reconocimiento administrativo de condición de gran inválido.

El afectado formuló reclamación por responsabilidad patrimonial y la administración reconoció la «ausencia de consentimiento informado escrito», dejando la compensación en 18.000 euros. El demandante cuestiona no solo una negligente administración de la anestesia sino también la «omisión de información» antes de la operación, una perspectiva respaldada ahora por el Tribunal Supremo.