La sección segunda de la Audiencia de Valencia ha vuelto a corregir a la jueza que investiga el accidente del metro desde el 3 de julio de 2006 y le obliga a pedir más pruebas y a citar a otro compareciente. La titular del Juzgado de Instrucción número 21, Nieves Molina, negó varias peticiones de pruebas, solicitadas por las víctimas y la Fiscalía, porque las consideraba «innecesarias» o «inútiles».

Pero los magistrados de la sección segunda de la Audiencia de Valencia, Jose Manuel Ortega Lorente, Maria Dolores Hernández Rueda y Sandra Schuller Ramos realizan una enmienda a la totalidad al enfoque que la jueza da a la investigación. E incluso llegan a afearle que pretenda responder por Ferrocarrils de la Generalitat Valenciana (FGV) sin solicitar la documentación que reclaman las familias de las víctimas.

Por ejemplo, el «análisis y valoración de riesgos laborales del lugar donde se produjo el descarrilamiento, antes y después del siniestro», solicitado por el abogado de la Asociación de víctimas del metro 3 de julio (Avm3j), Vicente Baeza. La jueza se negó a pedir esta diligencia porque la consideraba «innecesaria». Y añadía que «resulta obvio» que FGV no la hizo porque la normativa que obligaba a hacer esta valoración de riesgos «no era aplicable a FGV», al ser normativa estatal.

La «impunidad» de FGV

La réplica de la Audiencia de Valencia a los argumentos de la jueza es taxativa. «Los motivos expuestos por la instructora para denegar la diligencia no son compartidas por esta sala», advierten. Y corrigen su criterio al advertirle que «la inactividad de las Corts (en aprobar una normativa ferroviaria autonómica) no conlleva la impunidad de FGV por el mero hecho de no existir una normativa autonómica infringida».

En este asunto, FGV y la Conselleria de Infraestructuras han jugado al gato y al ratón. Alegaban que no había «normativa autonómica» que les obligara a cumplir unas medidas de seguridad mínimas.

Infraestructuras admitió ante el juzgado -con Isabel Bonig al frente- que «el 3 de julio de 2006 no existía organismo o unidad administrativa que tuviera encomendada la competencia de control de seguridad de los trenes o instalaciones de FGV». La ex gerente, Marisa Gracia, sí que admitió ante la Inspección de que Trabajo, que «FGV se regía en la seguridad de las infraestructuras por los criterios y las normas de Renfe, Adif y FEVE». Así que para la Audiencia de Valencia no hay ninguna duda: «en el momento del accidente, FGV se regía en materia de seguridad por la normativa reguladora de la red ferroviaria de interés general». Además, como sugería el letrado Vicente Baeza, a FGV también le sería de aplicación la legislación valenciana sobre prevención de riesgos laborales, añaden los magistrados. Por lo que advierten a la jueza del metro que «no se trata de una diligencia inútil. Al contrario: conocer cuál era la valoración del riesgo ex ante permitirá valorar la actuación de FGV en la fecha de los hechos». Y es en este punto donde lanzan una carga de profundidad a la actitud de la jueza. «No se puede reemplazar la documentación solicitada a FGV por la mera declaración de la instructora que infiere que FGV respondería, si se le exige el análisis de riesgos, que carece de él. Ha de ser FGV la que responda».

Análisis de la curva y la velocidad

A juicio de los magistrados, la evaluación de riesgos «permitirá determinar si los responsables de FGV actuaron con el deber de cuidado exigible en su posición de garantes de la seguridad de trabajadores y viajeros, al establecer los parámetros de seguridad de la Línea 1, los métodos operacionales de gestión del tráfico ferroviario, la formación del maquinista y la información sobre los riesgos de su puesto de trabajo y control de velocidad», entre otros. Por ello vuelven a marcar el camino a seguir a la titular del juzgado de instrucción 21 de Valencia. «Resulta necesario conocer el análisis y valoración de riesgo de FGV en cuanto a la curva del trazado, el riesgo de descarrilamiento, los riesgos de la infraestructura o material y el incumplimiento de los límites de velocidad». La Audiencia también obliga a la jueza a citar al Inspector de Trabajo que hizo un informe sobre el accidente, para que le pregunten las partes.