La Comunitat Valenciana dispone de 18 zonas donde se puede acampar. Eso sí, para hacerlo es preciso un permiso previo que debe solicitarse 7 días antes de la actividad, como mínimo. La Generalitat Valenciana pretende acondicionar ahora 14 áreas recreativas, abandonadas por falta de inversión desde hace 30 años, donde se incluyen cinco zonas de acampada: en Porta Coelli, en Serra, y en Santo Espíritu (Gilet), en pleno paraje natural de la Serra Calderona; en el Embalse del Buseo, en Chera; en Lomas de Jara, en la localidad alicantina de Biar y en El Planàs, en la localidad de Vistabella del Maestrazgo, en Castelló.

Desde Ecologistas en Acción aplauden esta iniciativa del Consell porque «acerca la población a los bosques y a los espacios naturales» aunque exige a la Administración un mayor control y vigilancia de los espacios protegidos. Pero ¿cómo hacerlo? La entidad lo tiene claro: con la figura del voluntario.

«La simple presencia de los voluntarios repartiendo folletos, explicando la zona o alertando de las normas cívicas que hay que cumplir hace mucho. La Administración debe contar con la figura del voluntario y dotarla de medios porque cuando el usuario llega a un lugar cuidado y protegido, es más fácil que respete el entorno. Se trata de medidas que son más una cuestión de voluntad que de dinero», explica el portavoz de Ecologistas en Acción, Carlos Arribas.

Solicitar el permiso para acampar en los montes de la Comunitat Valenciana es obligatorio y conforma la mayor queja de los usuarios. Y es que hay quien se ha visto en la tesitura de pedir la autorización en la provincia donde vive y obtener la negación del mismo al tener que presentarlo en la provincia donde va a acampar. El formulario se debe presentar en las distintas delegaciones del Prop de Castelló, Valencia y Alicante.

Para cada actividad, una solicitud

La solicitud es distinta según la actividad que se vaya a desarrollar. De esta forma existen formularios tanto para grupos organizados por asociaciones, entidades, organismos y grupos de más de 10 personas como a título individual o para menos de 10 usuarios.

Eso sí, ni en las zonas de acampada, ni en las áreas recreativas ni en las acampadas itinerantes autorizadas se permite encender fuego con cualquier tipo de combustible. «Podrán utilizarse las instalaciones debidamente diseñadas y autorizadas para el uso del fuego con la finalidad de cocinar», remarca la norma que rige los usos recreativos en los montes públicos de la Comunitat Valenciana.

La recogida de basura y residuos, sin embargo, corre a cargo del titular de la zona de acampada, aunque se exige la colaboración de los usuarios. Cosa distinta ocurre en al acampada itinerante, donde los excursionistas sí deben trasladar la basura hasta un contenedor.