La «X» de la presunta trama de blanqueo de capitales en el Ayuntamiento de Valencia en las últimas elecciones municipales ha comenzado a despejarse. El juzgado de Instrucción número 18 de Valencia remitió el pasado lunes un escrito al Senado para que confirmara la condición de aforada, el paso previo a imputar a la ex alcaldesa y actual senadora, Rita Barberá. La «jefa» del ayuntamiento del «Cap i Casal» durante 25 años sería también, según los investigadores, la presunta «jefa» de la operación de «pitufeo» para blanquear 50.000 euros de dinero negro procedente de supuestas mordidas. Desde el Senado confirmaron a Levante-EMV la recepción del escrito, reenviado por la Mesa del Senado al Tribunal Supremo, que es el competente para responder a la petición judicial.

Aunque el Juzgado de Instrucción 18 también se ha dirigido a las Corts Valencianes para realizar la misma consulta respecto al diputado del grupo parlamentario popular, Miquel Domínguez, según confirman a Levante-EMV fuentes de la investigación. Domínguez fue concejal del PP en el Ayuntamiento de Valencia durante veinte años. Su condición de diputado (desde el 22 de julio en substitución de Juan Carlos Moragues que dejó el acta para ser delegado del Gobierno) y aforado obliga a que sea el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) el que lo investigue.

La condición de aforados de Barberá y Domínguez les había eximido, hasta ahora, de ser incluidos en la pieza por blanqueo de capitales abierta en el marco de la «Operación Taula» que investiga la presunta trama de mordidas y comisiones en el Ayuntamiento de Valencia, la diputación y la Generalitat. El resto de concejales que confirmaron la lista electoral popular del 24M (excepto Eusebio Monzó, el «Messi de la candidatura» en palabras de Rita Barberá) ya habían sido citados a declarar como imputados (término sustituido ahora por investigados) por su presunta colaboración en el blanqueo de 50.000 euros de una presunta «caja B» del PP en la ciudad de Valencia. La investigación también ha arrastrado a los ex concejales de la anterior legislatura, así como a un nutrido grupo de asesores hasta alcanzar el medio centenar de investigados. Sólo tres cargos de confianza se negaron a participar en esta oscura operación. Algunos incluso advirtieron a los responsables del grupo municipal popular [entre ellos Mari Carmen García-Fuster, la alter ego de Rita Barberá también detenida] de que la operación era un claro caso de «blanqueo de capitales». El «pitufeo electoral» consistió en ingresar 1.000 euros por persona en una cuenta legal, a cambio de recuperar el dinero en dos billetes de 500 euros, conocidos como los Bin Laden, que debían gastar sin dejar rastro.

La pieza judicial que investiga el presunto blanqueo de capitales es la más avanzada de la macrocausa en la que se ha convertido la «Operación Taula» y será la primera en cerrarse, según confirman fuentes judiciales. Los investigadores esperaban a la finalización de las declaraciones del medio centenar de imputados para cruzar la información recabada en los interrogatorios con la documentación incautada en los registros y las grabaciones realizadas en la investigación o aportadas a la causa. Todos los indicios se recopilarán en el informe que la Fiscalía Anticorrupción deberá elevar al Juzgado de Instrucción 18 para remitirlo al Supremo y el TSJCV para que continúen las pesquisas. La causa sigue secreta hasta el 14 de marzo.

Penas de 3 a 6 años de cárcel y de 10 a 20 de inhabilitación

El delito de blanqueo de capitales al que se enfrentarán Rita Barberá y el medio centenar de concejales y asesores imputados está regulado por los artículos 301 a 304 del Código Penal. La pena de prisión a la que se enfrentarán los regidores oscilan de tres a seis años de cárcel y multas al triple del valor de la cantidad blanqueada ya que el origen presuntamente irregular del dinero está relacionado con delitos contra la administración pública (para el blanqueo procedente del narcotráfico la horquilla es de 6 meses a 6 años). Al ser cargos públicos también se les podría imponer penas de inhabilitación de 10 a veinte años, según el Código Penal.