La Conselleria de Educación publicó ayer una instrucción en la que ordena que el profesorado interino adjudicado a partir del 1 de marzo tendrá que aportar el certificado negativo de Registro Central de Delincuentes Sexuales. La circular también establece que, antes del 1 de abril, el profesorado que ya está prestando servicios tendrá que autorizar a la conselleria al acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos del Ministerio de Hacienda, para acceder a esta información.

Esta certificación negativa, que se reclama en virtud de la aplicación de la Ley de Protección Jurídica del Menor, de modificación parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil en vigor desde el pasado 18 de agosto, va encaminada a que ninguna persona condenada por pederastia pueda trabajar en colegios e institutos tanto públicos como privados y concertados. Atañe tanto al profesorado, como a los monitores del transporte, comedor escolar y extraescolares fuera del horario lectivo.

El Stepv, contrario al requisito

El Sindicat de Treballadors de l'Ensenyament (Stepv) instó ayer a la conselleria a retirar dicha exigencia al profesorado porque «pone en el punto de mira a los docentes» y «atenta contra la presunción de inocencia». El sindicato mayoritario en la enseñanza pública considera que esta medida «vuelve a poner en cuestión la profesión docente ante la sociedad».

Fuentes del departamento que dirige el conseller Vicent Marzà señalan que la petición de dicho certificado «forma parte de la normativa de la Ley de Protección del Menor marcada este agosto por el Ministerio de Justicia».

«Como Administración autonómica tenemos la obligación de aplicarla y no sólo nosotros, sino todo el resto de Administraciones que tienen funcionariado», subrayan. Por tanto, apuntan: «se puede estar o no de acuerdo con este hecho y por eso el Stepv se tendría que dirigir a quien ha marcado esta norma, el Ministerio de Justicia».