El Tribunal Supremo ha anulado una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) que impidió a los técnicos de la empresa pública Vaersa (Valenciana de aprovechamientos energético de resíduos SA) realizar o ejecutar estudios de impacto ambiental y vigilar las medidas correctoras, según una resolución de la secretaría autonómica de Medio Ambiente de 28 de diciembre de 2007.

Esta decisión fue recurrida por el Sindicat de treballadors i treballadores de la Administració Pública valenciana (STAPPV-Intersindical Valenciana) ante el TSJCV que anuló la citada resolución el 6 de junio de 2014 y ordenó a Vaersa y la Conselleria de Medio Ambiente «el cese inmediato de la vía de hecho» que permitía a los técnicos de Vaersa preparar las DIA (aunque las acababan firmando los funcionarios). Desde CC OO en Vaersa recuerdan que «el Supremo no cuestiona los expedientes realizados con esta asistencia técnica, ya desaparecida a resultas de la denuncia presentada».