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Especie

El Tribunal Supremo prohíbe la venta de cangrejo rojo americano

Un fallo judicial declara ilegal la comercialización de esta especie invasora que afecta a l'Albufera

El Tribunal Supremo prohíbe la venta de cangrejo rojo americano

Una sentencia del Tribunal Supremo ha declarado ilegal la comercialización del cangrejo rojo americano. De este modo, se prohíbe su venta después del «indulto» que le otorgó el Ministerio de Medio Ambiente en 2013, que consideró que se podía usar este animal para su comercio alimentario pese a que se trata de una especie invasora en España que puede provocar graves estragos en sus ecosistemas. Ahora, según el fallo judicial, todos los esfuerzos se deben dirigir a su erradicación del territorio peninsular.

Este fallo se produce tras una denuncia de Ecologistas en Acción, SEO-Birdlife y la Asociación de Estudio y Mejora de los Salmónicos en la que pedían que se revisara el decreto que regula el Catálogo Español de Especies Exóticas Invasoras, de 2013. En aquella ocasión, el Gobierno otorgó una excepción específica a la lucha contra el crustáceo rojo americano en cuanto a recurso alimentario, que permitía su comercialización, ya que consideraba que este animal no provocaba un grave deterioro a la fauna y flora de la península. La revisión del Tribunal Supremo anula tal excepción ya que asegura que los daños provocados por esta especie son evidentes tras comprobar los informes remitidos por el Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC). Por lo tanto, ahora se debe iniciar un plan para su erradicación de los ecosistemas españoles y, por tanto, también los valencianos, en el que no cabe ni siquiera su uso comercial como alimento.

Este crustáceo, originario del Golfo de México, fue introducido en la Comunitat Valenciana a finales de la década de los 70 con el fin de explotar comercialmente su pesca después de que se hiciera lo propio en las Marismas del Guadalquivir. Actualmente se encuentra extendido prácticamente por toda su red fluvial y de humedales. De hecho, son habituales las quejas por su presencia en puntos como l'Albufera, ya que suelen perforar las acequias y las motas de las zonas donde habitan. Además, han propagado una enfermedad que resulta letal para el cangrejo de río autóctono, que se encuentra seriamente amenazado y en peligro de extinción.

La misma sentencia del Tribunal Supremo también prohíbe las repoblaciones en los ríos nacionales de otras especies invasoras como la trucha arcoíris y la carpa común. Asimismo, ha quitado la excepcionalidad del arruí en la Región de Murcia otorgada por una disposición transitoria que permitía el aprovechamiento cinegético de esta codiciada pieza, un carnero de gran cornamenta. Los magistrados indican que en estos casos, la pesca y la caza en lugar de servir para erradicar estas especies dañinas para la biodiversidad de la zona, más bien permiten el mantenimiento indefinido, cuando no la agravación del problema.

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