Sólo un acento separa a la justicia en castellano de la justícia en valencià. Pero a veces la distancia entre una y otra es sideral en este ámbito de la Administración considerado hostil para la normalización de la lengua propia. Lo ha experimentado el abogado Francisco Manuel Escortell tras presentar una demanda redactada en valenciano por voluntad de su cliente, que había sufrido la okupación de un campo de almendros de Finestrat por parte de una persona ajena a la propiedad. El hombre se había asentado en la casa del campo y cultivaba sus hortalizas sin haber pedido permiso al dueño, que se acercaba poco por allí.

Nueve días después de presentar la demanda en valenciano, el abogado recibió una notificación del juzgado de Primera Instancia Número 2 de Benidorm. La letrada de Administración de Justicia „figura conocida antes como secretaria judicial„ advertía en esa diligencia que, antes de admitir a trámite la demanda, concedía al demandante «tres días para que, si a su derecho conviene, aporte traducción de la demanda al castellano, ya que la parte demandada podría instar su traducción en caso de causarle indefensión».

El abogado se sintió vulnerado en su derecho de expresarse en cualquiera de las dos lenguas oficiales de la Comunitat Valenciana y se presentó en el juzgado. Allí fue dirigido ante la letrada de Administración de Justicia, quien le indicó que era la primera demanda en valenciano que ella tramitaba en su carrera y que, como en su juzgado no hay medios para proceder a la traducción, habría que enviarlo a Valencia y que eso dilataría mucho el procedimiento, según consta en el resumen elaborado por el afectado y presentado al Síndic de Greuges.

Cuando el abogado añadió que en la demanda también solicitaba que las notificaciones se le hicieran en valenciano, la secretaria judicial le dijo que entonces su procedimiento «tardaría cinco años en tramitarse» porque no estaba en Cataluña y aquí no había medios para traducir o tramitar demandas y notificaciones, según el letrado.

Peregrinaje burocrático

Fue entonces cuando el abogado Francisco Manuel Escortell inició un peregrinaje burocrático que lo ha llevado a pedir el amparo de dicho juzgado, del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana, del Colegio de Abogados de Alicante, del Consejo Valenciano de Colegios de Abogados, del Consejo General del Poder Judicial, de la Secretaría Autonómica de Justicia de la Generalitat Valenciana, de la Dirección General de Politíca Lingüística, del coordinador provincial de los secretarios judiciales de Alicante y del Síndic de Greuges. Nueve instancias administrativas distintas, con sus comunicaciones de ida y vuelta correspondientes, para hacer efectivo el derecho que garantiza la Llei d'Ús i Ensenyament del Valencià de 1983.

Las gestiones, iniciadas con el recurso del 29 de octubre, desembocaron en una queja del Consejo Valenciano de Colegios de Abogados ante la presidenta del TSJ. Tras analizar el caso y oír a las partes, el secretario de gobierno del TSJ valenciano resuelve el 25 de enero que en la actitud que mostró el juzgado de Benidorm hacia la demanda redactada en valenciano «no se aprecia intencionalidad alguna (...) de rechazo del idioma valenciano». Pero sí confirma la existencia de un error y una mala praxis. Debido a «un exceso de celo profesional por anticipar y evitar un posible retraso en la tramitación del procedimiento „sostiene el secretario de gobierno del TSJ„, se ha pedido al demandante, erróneamente, traducción al castellano de la demanda presentada en valenciano ante el supuesto de que la parte contraria alegue indefensión». El TSJ archivó la queja.

En paralelo, el recurso de reposición que interpuso el abogado ha sido resuelto por la misma letrada. Se desestima el recurso pero no se vuelve a pedir la traducción de la demanda. Eso ocurrió el 20 de enero. El 2 de febrero ya dictó auto dando trámite por fin al procedimiento presentado en octubre. Y en ese auto aprovecha para subrayar que «es potestativo para los jueces, magistrados, letrados de la Administración de Justicia, fiscales y demás funcionarios de los juzgados y tribunales el uso de la lengua oficial propia de la Comunidad Autónoma. En consecuencia, no se admitirá ninguna solicitud de aclaración de las resoluciones notificadas por el órgano judicial por razón de haber sido redactada en castellano». Es decir: que utilizan el valenciano si quieren y no han de dar explicaciones si sus notificaciones son en castellano.

«Un desamparo total»

Después de la travesía burocrática, Francisco Manuel Escortell sólo ha conseguido no tener que presentar la traducción. Nada más. No ha logrado que se le dirigieran en valenciano. Al final, en una vista previa celebrada este mes, el presunto okupa aceptó marcharse en el plazo de un mes. Pero al abogado le queda una preocupación: «Cuando a otro compañero abogado le pase esto, ¿qué ha de hacer? ¿Todo este cúmulo de gestiones que yo he realizado? Hay un desamparo total y deplorable hacia los valencianohablantes en la Justicia. Y existe un gran desconocimiento de los funcionarios de Justicia con respecto a nuestros derechos lingüísticos», afirma.