La concesión del tercer grado al expresidente de la Diputación de Castelló Carlos Fabra ha puesto en el punto de mira a la juez de vigilancia penitenciaria de Madrid que ha dictado la resolución en contra del criterio del fiscal, la Junta de Tratamiento de la cárcel de Aranjuez y la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias. La juez María del Prado Torrecilla fue suspendida en 2003 de sus funciones durante siete meses por presionar a una compañera en favor de la concesión del tercer grado al exbanquero Mario Conde. Ahora se ve envuelta de nuevo en la polémica por su resolución sobre Fabra, que, según expertos en Derecho Penal, no es excepcional, aunque lo habitual es que el tercer grado cuente con el informe favorable del centro penitenciario.

El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) sancionó hace 13 años a María del Prado Torrecilla por las presiones que ejerció sobre su compañera Reyes Jimeno en favor de Mario Conde, quien en esos momentos cumplía condena por el caso Banesto. No se aceptó la petición de la Fiscalía para que fuera expulsada de la carrera. Al ser superior a seis meses, la suspensión que se impuso a Torrecilla en 2003 le supuso la pérdida de destino como juez de vigilancia de la capital, puesto que recuperó más tarde, una vez que concursó de nuevo a la plaza tras cumplir la sanción.

A la juez le ha tocado el seguimiento de Carlos Fabra, que cumple condena en la cárcel de Aranjuez. Atendiendo un recurso del propio Fabra, le acaba de otorgar el régimen de semilibertad, en contra del criterio de la Fiscalía, la Junta de Tratamiento de la cárcel e Instituciones Penitenciarias.

Expertos penalistas consultados por este diario se refirieron a la polémica resolución. Sin entrar en el fondo de este caso concreto, la catedrática de Derecho Penal de la UJI María Luisa Cuerda explicó que «lo habitual es que los terceros grados cuenten con el informe favorable de la junta de tratamiento de la cárcel, aunque no necesariamente». Que el juez difiera con la cárcel, añadió, «no es algo excepcional ni extraño; por eso existe la vía del recurso y se impone el criterio del juez frente al organismo administrativo». Por su parte, de catedrático de Derecho Penal de la Universitat de València José Luis González Cussac manifestó no disponer de estadísticas al respecto, aunque dijo conocer otros casos en que ha habido discrepancia entre el juez de vigilancia penitenciaria y la Junta de Tratamiento de la cárcel.

La Fiscalía puede recurrir

La Fiscalía tiene en su mano recurrir la decisión de la juez de vigilancia penitenciaria de Madrid de conceder el tercer grado a Carlos Fabra. Ya se planteó un caso parecido cuando el expresidente de Baleares Jaume Matas obtuvo el tercer grado, que fue revocado tras el recurso de la Fiscalía, por lo que Matas tuvo que volver a la cárcel. Desde la Fiscalía General del Estado no pudieron precisar ayer a este diario si se va formalizar un recurso.

Fabra se marcha de Aranjuez

Será la Junta de Tratamiento de la cárcel la que concrete cómo cumplirá condena Carlos Fabra en régimen de semilibertad. Lo que es seguro es que dejará el centro de Aranjuez porque sólo dispone de régimen cerrado. Será trasladado a un Centro de Inserción Social (CIS), al que acudirá únicamente a dormir de domingo a jueves. Si elige Madrid, como es probable. dispone de tres CIS: el Victoria Kent, el de Navalcarnero y el de Alcalá de Henares,

Los portavoces del PSPV-PSOE, Compromís y Podemos en las Corts criticaron la concesión del tercer grado a Fabra, mientras que el PP y Ciudadanos expresaron su respeto a las decisiones judiciales.