La sección cuarta de la Audiencia de Valencia ha expulsado al Ayuntamiento de Valencia de la pieza del "Caso Taula" que investiga el presunto pitufeo o blanqueo de capitales cometido por el grupo popular del consistorio. Los magistrados estiman el recurso interpuesto por la concejala popular, Beatriz Simón, y dejan sin efecto el auto del Juzgado de Instrucción número 18 que permitía al Ayuntamiento ejercer la acusación popular. Los magistrados Pedro Castellano Rausell, Maria Jose Juliá y Maria Pilar Mur (ésta última ha sido la ponente) admiten los argumentos de la defensa de Beatriz Simón y dictaminan que «al tratarse de una persona jurídica pública, no puede personarse como acusación popular».

La Audiencia de Valencia recuerda diversa jurisprudencia del Tribunal Supremo y del Constitucional al respecto, en el que se considera que «la acción pública penal pertenece en exclusiva al Ministerio Fiscal». Y añaden que «ninguna administración pública puede arrogarse una acusación pública penal con la excusa de su posible conexión con alguna de sus competencias».

La ponente añade que «no hay habilitación legislativa general para que las personas jurídicas ejerzan la acusación popular, por lo que ha de ser un concreto precepto de ley el que recoja esta opción». Por lo tanto, «un ente público territorial» (en referencia al Ayuntamiento de Valencia) no puede ejercer una acción popular y la acción pública penal sólo corresponde al Ministerio Fiscal».