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Ley valenciana de transexualidad

Los transexuales podrán congelar óvulos y semen para tener hijos

La ley de transexualidad que ultima el Consell permitirá a las personas «trans» una técnica acotada a pacientes oncológicos - Solo la sanidad privada facilita hasta ahora este proceso

La próxima ley valenciana de transexualidad que ultima el Consell buscará solucionar un problema endémico para las personas transexuales como es el de la fertilidad, casi siempre suprimida a raíz de las terapias hormonales. Además, los tratamientos quirúrgicos opcionales que implican la extirpación de las gónadas (la vaginoplastia en las mujeres y la histerooforectomía en los hombres) imposibilitan después tener hijos biológicos.

Ahora, en cambio, el capítulo sanitario de la futura ley de transexualidad, al que ha tenido acceso Levante-EMV, afronta esta cuestión desde el sistema público al garantizar dos frentes: que las personas transexuales tengan acceso a las técnicas de congelación de sus células reproductivas (una técnica que actualmente suele restringirse a los pacientes oncológicos), y que puedan también acceder a los bancos de óvulos o semen y a las técnicas de reproducción asistida desde el sistema público.

El borrador del anteproyecto que a finales de este mes tiene previsto aprobar el Consell contempla el acceso público a la congelación del semen o los óvulos y del tejido gonadal de las personas transexuales para su futura recuperación, en las mismas condiciones que el resto de personas usuarias, antes del inicio de cualquier tratamiento que pudiera comprometer su capacidad reproductora.

Acceso a los bancos de óvulos

Asimismo, prevé el «acceso a los bancos de óvulos o semen y a las técnicas de reproducción asistida, incluyendo como beneficiarias a todas las personas trans con capacidad gestante y a sus parejas, en las mismas condiciones que el resto de personas usuarias». Todo ello, evidentemente, siempre que lo soliciten los interesados.

Hasta ahora, para poder recibir este tipo de servicios las personas transexuales habían de recurrir al sector privado. Y no siempre de forma satisfactoria, por la documentación cambiante del usuario y porque obligaba a mentir y no confesar los verdaderos propósitos con una excusa, como que querían ser madres tardías. Ahora se transforma. Y es un paso ambicioso con implicaciones legales complejas.

A las mujeres transexuales (que hicieron el tránsito de hombre a mujer) les permite congelar su semen. En el futuro, si quieren formar familia junto con una mujer, esa pareja podrá ser inseminada con el material genético congelado por la mujer transexual.

Si la familia quieren formarla junto con un hombre, su única alternativa sería la maternidad subrogada (el mal conocido como «vientre de alquiler»), no contemplada en la legislación española pero que sí en otros países.

Barreras legales, de momento

A los hombres transexuales (mujeres que han hecho el tránsito a hombre) les permite preservar o bien óvulos o bien una cuña de ovario. Pero las dificultades aumentarían. Lo explica el endocrino de la Unidad de Transexualidad del Hospital Doctor Peset de Valencia, Marcelino Gómez: «Tendría su material genético congelado y, en el futuro, en caso de que quisiera tener familia biológica, técnicamente podría conseguirlo. Necesitaría un donante de semen para fecundar su óvulo congelado y que su pareja „en caso de ser mujer„ lo gestara en su útero. Técnicamente no es ningún problema. Pero legal y administrativamente, hoy no está permitido. Porque se consideraría como un viente subrogado o como una donación de óvulo que no es anónima, lo cual está prohibido en la actual ley de reproducción asistida».

El doctor Marcelino Gómez, que ha participado en la elaboración de la ley, subraya que la legislación puede cambiar. «Por eso no debe ser un límite para que se pueda congelar tejido gonadal y células reproductivas. Las leyes cambian. Y por eso conviene mantener la fertilidad o capacidad reproductiva de las personas transexuales antes de que empiecen el tratamiento hormonal o quirúrgica», añade.

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