La mayoría de los 322 millones que el Consell del PP dejó prescribir entre los años 2012 y 2014 afectan a liquidaciones de impuestos de herencias y donaciones o de compraventa de viviendas de segunda mano. De forma habitual, los ciudadanos beneficiados que habían recurrido las liquidaciones solían disponer de rentas altas, porque así les compensaba las accciones judiciales, según recoge un informe de la Intervención de la Generalitat.

El presidente de la Generalitat, Ximo Puig, se ha referido durante su intervención en la sesión de control de esta mañana en las Corts a una amnistía en la Comunitat Valenciana por parte del anterior Consell del PP. En concreto hacía mención a un informe de la Intervención que incluso recoge la recomendación de la exigencia de responsabilidades a los gestores que permitieron esa prescripción de derechos, durante los ejercicios de 2012 a 2014 y que habrían permitido las direcciones territoriales de Castellón, Valencia y Alicante en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones y el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, que mayoritariamente afecta a la compraventa de viviendas.

El informe concluye que durante esos dos años se anularon liquidaciones tributarias en ambos impuestos por valor de 322 millones de euros. En total, las liquidaciones anuladas de estos impuestos fueron 37.457.

De ellas, 7.378 liquidaciones anuladas por importe de 51 millones se registraron por prescripción. Pero el resto, hasta las 37.457 responden a diferentes causas, fundamentalmente, las sentencias del TEAR y del TSJCV que rechazaron el sistema de comprobación de valores de los inmuebles, que aprobó el anterior Consell. Una vez rechazada una liquidación, hay que realizar una nueva, pero si la Administración no hace nada, el procedimiento caduca a los seis meses.

El documento de la Intervención añade también que, de la revisión de doce expedientes seleccionados por el equipo de control, se ha puesto de manifiesto que el plazo medio que transcurre desde la presentación de la autoliquidación hasta la notificación del inicio del procedimiento de comprobación es de tres años, cinco meses y 15 días, sin que se justifique el motivo de tal dilación ni la realización de ningún tipo de control al respecto por parte de la Dirección General de Tributos y Juego.

Cabe recordar que el plazo de prescripción es de cuatro años. De este modo, 7.378 liquidaciones se habrían anulado en el periodo de estudio porque habían pasado cuatro años sin ninguna actuación, lo que provocó su prescripción.

El Ministerio de hacienda y Administraciones Públicas ha enviado un escrito a la presidencia de la Generalitat en el que

bajo el asunto Repercusión de responsabilidades de déficit/complementaria de intereses.

Hacienda recuerda que ya informó a la conselleria que dirige Vicent Soler el pasado mes de marzo de la resolución del procedimiento de repercusión de responsabilidades por la que se impuso una multa de 18,9 millones de euros al Reino de España por la manipulación de los datos del déficit valenciano.

El Consejo de Ministros ya estableció repercutir a la Generalitat el pago de ese dinero, que el Gobierno ya ingresó en una cuenta habilitada por la Comisión Europea el 28 de enero de 2016.

A esta cantidad habrá que sumar 57.567 euros en concepto de intereses compensatorios de los costes financieros devengados desde que el pago que realizó el Gobierno de España hasta el acuerdo del Consejo de Ministros

Además, cobra intereses también por los costes financieros que se han generado entre la fecha en que el Estado hizo efectiva la cancelación de la deuda hasta el pago voluntario. Dado que no se ha realizado el pago en el plazo de dos meses se liquidan el resto de intereses, que ascienden en su conjunto a 104.244 euros.