La familia numerosa lo seguirá siendo hasta que el último hijo tenga 21 años o siga estudiando hasta los 26. Así consta en la Ley de Protección de la Infancia, que se modificó hace un año y que incluye este anexo. Este cambio en la normativa ha multiplicado las renovaciones del título en cuestión, provocando una demora de entre 3 y 6 meses (en ocasiones, hasta 9 meses) hasta conseguir la expedición del título definitivo. Para conseguir rebajar este tiempo en la tramitación, la Conselleria de Igualdad decidió dejar de expedir títulos temporales para que los funcionarios centraran sus esfuerzos en tramitar los definitivos. De hecho, con este sistema, la dirección general de la Agencia Valenciana de Igualdad ha conseguido que los títulos se resuelvan en menos de cuatro meses y, en muchas ocasiones, dentro del plazo legal de tres meses.

Sin embargo, la consecuencia de dejar de tramitar los carnés temporales fue que durante ese tiempo de espera muchas familias se quedaron sin los beneficios económicos a los que tenían derecho, precisamente, por ser familia numerosa ya que las entidades locales no aceptaban la solicitud de renovación como un documento válido a la hora de obtener ayudas o deducciones en el IBI, en el IRPF; en la tarjeta de transporte o en la matrícula de la universidad, por ejemplo. Esta situación, sin embargo, ya ha cambiado.

Y es que la Conselleria de Igualdad le remitió el pasado mes de mayo una carta a los distintos ayuntamientos, a las universidades y a distintas entidades locales para explicarles que, a partir de ese momento, se tramitaran las ayudas a las familias numerosas «que acrediten haber solicitado la renovación del título, sin perjuicio de la necesidad de acreditar posteriormente la efectiva renovación del mismo».

De hecho, en la misiva se especifica que la Conselleria «se está esforzando por remediar la actual situación de retraso en la expedición de títulos y sus renovaciones, dentro de lo posible. No obstante, además de nuestro esfuerzo necesitamos la colaboración externa de todas las entidades, en aplicación de la Ley 40/2003» para evitar «perjuicio» alguno a las familias.