A partir de ahora, una de las decenas de notificaciones que cualquier ciudadano recibe a diario en su móvil puede ser de la Administración. Sí, el Estado se «moderniza», se vuelve 2.0, y en un plazo de dos años todos los organismos -locales, autonómicos y estatales- comunicarán trámites, multas, notificaciones y cualquier otra gestión «preferentemente por medios electrónicos».

Además, la tramitación electrónica a partir de ahora «debe constituir la actuación habitual de las administraciones», por lo que se podrán obtener documentos a través de internet, sin necesidad de hacer cola en las oficinas del Estado.

El cambio se produce tras la entrada en vigor de la Ley de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas el pasado domingo, un año después de su aprobación. Entre las novedades más importantes: la implantación de las comunicaciones vía electrónica; la obligación de que las administraciones tengan archivos y registros con expedientes digitalizados; y la posibilidad de que el ciudadano obtenga documentos desde casa.

Esta ley va más allá de intentos iniciales de modernización ya implantados en algunos organismos, para reducir los trámites burocráticos y la cantidad de documentos en papel. Además, sigue la línea de Tráfico, que ya cuenta con la Dirección Electrónica Vial desde 2009. La Seguridad Social y el Ministerio de Educación también permitían ya realizar algunos trámites a través de Internet, y servicios como la telefonía, dan la opción a los usuarios de elegir si quieren recibir sus facturas en papel o consultarlas online.

Un derecho voluntario

La Ley otorga a los ciudadanos el «derecho» a «comunicarse con las Administraciones Públicas a través de un Punto de Acceso General electrónico de la Administración» y a «ser asistidos en el uso de medios electrónicos en sus relaciones con las Administraciones Públicas».

Por eso, el servicio es opcional para los ciudadanos: quienes lo deseen podrán «identificar un dispositivo electrónico y/o una dirección de correo electrónico» para recibir avisos, o entrar con sus datos y obtener documentación; y obligatorias para personas jurídicas, empresas, notarios y registradores de la propiedad.

Las notificaciones por medios electrónicos «se entenderán practicadas en el momento en que se produzca el acceso a su contenido» y rechazadas «cuando hayan transcurrido diez días naturales desde la puesta a disposición sin que se acceda a su contenido». A los avisos de todas las administraciones se podrá acceder desde el Punto de Acceso General electrónico, que funcionará como un portal web.

A cualquier hora del día

Asimismo, a partir de ahora las Administraciones Públicas están obligadas a tener un registro electrónico general, en el que los ciudadanos puedan iniciar un trámite u obtener documentos a cualquier hora del día para ahorrar desplazamientos a las oficinas públicas para entregar o recoger documentos en papel.

Además, la nueva normativa también reconoce varias maneras de identificarse en la web: la firma y el sello electrónicos, basados en ambos casos en certificados reconocidos, el DNI electrónico o el sistema Cl@ve.

También, a partir de ahora, cada Administración Pública debe tener un archivo electrónico formado por los procedimientos administrativos finalizados a partir de la entrada en vigor de la ley.

Ya disponible

Se trata de una serie de deberes para la Administración y diferentes opciones para el ciudadano, quien podrá seguir realizando trámites en las oficinas físicas con documentos en papel, si así lo desea.

El ciudadano, a través de la web www.administracion.gob.es ya puede acceder a la «carpeta electrónica» personal, en la que ya constan algunos documentos.

Las diferentes entidades públicas tienen hasta dos años como periodo de adaptación para aplicar las novedades que trae esta ley.