El centenar de imputados en el caso Taula intentan bombardear por tierra, mar y aire la investigación sobre la «trama criminal organizada», en palabras del Fiscal Anticorrupción que reconstruye la presunta red de mordidas instaurada en la Generalitat, la Diputación y el Ayuntamiento de Valencia durante años.

Uno de los últimos recursos presentados ante el Juzgado de Instrucción 18 de Valencia ha sido el del exjefe de gabinete de Alfonso Rus y exalcalde de Genovés, Emilio Llopis. El abogado del también exvicesecretario del PPCV presentó un recurso el 17 de octubre en el que solicitaba la «nulidad de todo el procedimiento».

Los argumentos esgrimidos por el que fue la sombra de Alfonso Rus durante la pasada década apelan a los derechos constitucionales vulnerados en la causa. Según Llopis, la incorporación de las cintas grabadas por Marcos Benavent entre 2004 y 2007, como «un seguro de vida» mientras era «el recaudador» de la presunta «trama del 3 %», vulnerarían «el derecho fundamental al secreto de las comunicaciones y a la inviolabilidad domiciliaria del artículo 18.2 y 18.3 de nuestra Constitución» por lo que solicitaba el «archivo de las presentes diligencias previas».

No obstante, el intento ha sido en vano porque el magistrado del caso Taula, Víctor Gómez Saval, ha rechazado la petición de archivo de las diligencias previas por afección a un derecho fundamental, tal como argumentaba Emilio Llopis, en un auto al que ha tenido acceso Levante-EMV.

Gómez Saval recuerda que las grabaciones realizadas por Marcos Benavent eran «de sus conversaciones con terceros» lo que no supone injerencia en la comunicación "entre terceros" que es lo que el artículo 18.3 de la Constitución deslegitima como contrario al derecho fundamental del secreto de las comunicaciones». Un secreto que «no se vulnera cuando uno de los intervinientes en esa comunicación lleva a cabo la grabación de su contenido», advierte el magistrado por lo que, de acuerdo con las razones también alegadas por la Fiscalía Anticorrupción, rechaza este motivo de nulidad.

Igualmente, el magistrado tampoco considera que se haya vulnerado la inviolabilidad del domicilio del exsuegro de Benavent e imputado en la causa, Mariano López, y depositario de las comprometedoras grabaciones.

«El hecho de que Marcos Benavent, en su día, hubiera entregado a su entonces suegro unos archivos informáticos, que su suegro los incorporara a su ordenador, o a otro dispositivo, y más tarde se los diera a su vez a la persona que decidió acompañarlos a su denuncia ante la Fiscalía [en referencia a la diputada de EU Rosa Pérez Garijo], no se acaba de entender de qué modo afecta a la inviolabilidad del domicilio, se supone, de Mariano López».

Ni siquiera afectan a estos hechos, según el juez: «Las circunstancias cambiantes de parentesco familiar a lo largo del tiempo [en referencia al divorcio y distanciamiento de Benavent con su anterior familia política] nada implican en el ámbito de la nulidad por ilicitud afectante a derechos fundamentales».

El magistrado incluso apostilla que «las razones de argumentación» esgrimidas por la defensa de Emilio Llopis son «imprecisas, vanas». Y finaliza su auto con un aviso a navegantes ante futuros recursos. «A criterio de este instructor estas diligencias previas están iniciadas sin vulneración alguna de derechos fundamentales de los investigados y, por ese motivo, la solicitud de declaración de nulidad de todo el procedimiento merece una clara respuesta negativa». Su decisión no es firme y puede recurrirse ante la Audiencia de Valencia.