«Consideramos que los padres no tienen derecho a elegir la lengua vehicular de sus hijos, porque existe un derecho fundamental a la educación pero no a una educación en una lengua determinada». La reflexión se incluye en el informe emitido por los responsables de las Unidades de Enseñanza Multilingüe de la Universitat de València, la Jaume I de Castelló y la Universidad de Alicante a instancias del propio conseller de Educación, Vicent Marzà, con vistas a elaborar el decreto de plurinlingüismo.

Aluden a sentencias del Tribunal Constitucional -87/1983, 88/1983, 337/1994, 31/2010 y 15/2013-, que sientan criterio sobre la enseñanza de las dos lenguas cooficiales en los centros escolares «con la intensidad que permita alcanzar el objetivo de garantizar el derecho de conocer y usar ambas lenguas», así como que «el derecho a la educación no conlleva que la actividad prestacional de los poderes públicos pueda estar condicionada por la libre opción de los interesados de la lengua docente». Sobreponen el poder político a la decisión paterna sobre la exención del valenciano.

Coordinado por el Institut de Estudis Catalans, el documento remite asimismo a informes de la Unesco y de la ONU-Unicef, sobre la existencia de un «derecho a la educación, pero no en una lengua determinada». Y sobre la Llei d'Ús i Ensenyament en la exención del valenciano en las zonas castellano hablantes, los expertos insisten en que «la legislación española, de rango más alto, no otorga a los padres el derecho a decidir la lengua vehicular en que han de ser educados sus hijos, ya que depende de la organización de las enseñanzas en cada autonomía».