El Juzgado de lo Social número 9 de Valencia ha desestimado la demanda presentada por el exgerente de Imelsa y diputado provincial del PP, Rafael Soler, contra la empresa pública dependiente de la diputación para que se anulara su cese como alto cargo.

Soler, exalcalde de la Pobla Llarga donde actualmente ejerce de concejal, ya fue gerente de Imelsa de 1999 a 2005. En enero de 2015, volvió a la empresa pública de la diputación para sustituir en la gerencia a Marcos Benavent, el exyonqui del dinero entonces en paradero desconocido, y cuando comenzaban a conocerse los primeros detalles del Caso Taula. Tras siete meses al frente de Imelsa, Soler solicitó la excedencia forzosa en su puesto de trabajo el 10 de julio de 2015. El motivo alegado es que acababa de ser elegido diputado provincial por el partido judicial Alzira.

El 24 de julio de 2015, se acordó su cese en el nuevo consejo de administración de Imelsa, en el que participó el mismo Rafael Soler, ya que actualmente sigue como miembro de su consejo de administración. Aunque se abstuvo en la votación de su cese «por interés directo». Meses después Soler demandó a Imelsa porque, como adelantó Levante-EMV, consideraba que el despido debía ser declarado nulo porque se produjo mientras él estaba de excedencia de su contrato de alto cargo (la excedencia se aprobó por el anterior gobierno del PP un día antes de que entrara el nuevo equipo de gobierno) y porque no se le había comunicado por escrito, como aprobó el consejo de administración de Imelsa, actualmente Divalterra.

En el juicio celebrado el pasado lunes en el Juzgado de lo Social 9 de Valencia, la defensa de Rafael Soler añadió «la pretensión subsidiaria de que si no se declara la nulidad del despido, por considerarse que el desistimiento es correcto, se condene a la empresa Imelsa a abonarle la indemnización por falto de preaviso de tres meses». Rafael Soler tenía, como gerente de Imelsa un salario de 5.537,58 euros brutos mensuales, sin prorrata de pagas extras, lo que se traducía en un total de 3.600 euros netos.

Sin embargo, ahora el Juzgado de lo Social 9 de Valencia desestima la demanda de Rafael Soler contra Imelsa ya que considera que su contrato de alta dirección extinguió la relación laboral mediante la fórmula del «desistimiento del empresario». La jueza considera que «ni en la ley ni en el contrato de trabajo se prevé que el incumplimiento de los requisitos del desistimiento empresarial (en este caso la comunicación formal por escrito) lo transforme en un despido del que pueda declararse nulidad o improcedencia».

Añade que «el incumplimiento de los requisitos formales que se alega por la parte actora, como la no notificación por escrito con preaviso de tres meses del desistimiento que no despido, dará lugar el abono de la indemnización por falta de preaviso».

Modificación de la demanda

Sin embargo, añade la jueza de Social 9, esta posible indemnización del salario de los tres meses previos «no se pidió en la demanda y sólo se solicitó por primera vez en el juicio, lo que supone una modificación sustancial de la demanda inadmisible», según la ley reguladora de la jurisdicción social que prevé que «el demandante ratificará o ampliará su demanda, aunque no podrá hacer en ella variación sustancial».

La sentencia no es firme y puede ser recurrida ante la sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV). El auto también recoge que Soler puede reclamar a Imelsa los tres meses de salario de indemnización por incumplimiento del plazo de preaviso si presenta una nueva demanda.