Los valencianos que quieran disparar con trabuco en las fiestas de Moros y Cristianos de toda la Comunitat Valenciana tendrán que recibir formación específica para ello, que será impartida en el ayuntamiento de su localidad; sacarse la licencia de armas de avancarga y sólo para cada acto de arcabucería. Estas son algunas de las disposiciones principales que figuran en el Real Decreto 130/2017, de 24 de febrero, por el que se aprueba el esperado Reglamento de Explosivos que regula en una de sus instrucciones técnicas complementarias (ITC) las normas para disparar arcabuces en estas manifestaciones festivas.

Entre las dos grandes federaciones que existen en la Comunitat, la Undef y Mafemic, se calcula que existen al menos 80.000 festeros censados. De ellos, entre un 10 y un 15 % participan en los alardos y estafetas por lo que este Real Decreto firmado por la vicepresidenta Soraya Sáenz de Santamaría afectaría a unos 12.000 tiradores y a un número indeterminado de acompañantes. Cada portador-tirador podrá disparar hasta 1 kilo por acto, salvo que se solicite a la Delegación del Gobierno un permiso especial para actos de más duración en los que se podría quemar hasta 2 kilos.

La entidad organizadora interesada en emplear pólvora negra en las celebraciones festivas tiene que presentar al menos 30 días antes en la Delegación del Gobierno la solicitud de autorización correspondiente. Adjunta a esta solicitud se debe incluir un certificado de una aseguradora que acredite que se ha sucrito un seguro que cubra un mínimo de 363.016 euros. Además, se especifica claramente que únicamente podrán disparar y portar pólvora aquellas personas autorizadas por la Delegación o Subdelegación del Gobierno. Para ello, el ayuntamiento de la ciudad que alberga los festejos elaborará y mantendrá actualizado un listado de participantes incluyendo DNI o NIE, que hayan recibido y superado la formación correspondiente.

Tal como ya informó Levante-EMV, este Reglamento incluye también la obligación indispensable de tener el permiso de armas de avancarga para poder disparar que ya en este ejercicio ha entrado en vigor.

En cuanto al transporte y almacenamiento, los participantes activos en las fiestas podrán transportar conjuntamente en vehículos particulares hasta un máximo de 4 kilos por vehículo y además la cantidad máxima que podrá almacenarse en un domicilio es de 4 kilos por un período de hasta 72 horas. Este nuevo reglamento entrará en vigor a todos los efectos el 31 de diciembre de 2018 pues se ha fijado un período de adaptación hasta entonces.

El vicepresidente de la Undef, la federación con mayor número de festeros censados, Francisco Santonja, recibió la nueva reglamentación con «relativa satisfacción», al considerar que el Gobierno ha aceptado «la mayor parte de sus alegaciones». Entre ellas, se encontraba el hecho de poder disparar hasta 2 kilos si se consigue el permiso especial correspondiente -aunque la Undef pedía hasta 4-, cuando en un principio solo se iba a poder tirar uno. «Esta normativa era muy esperada y marca un camino, aunque es probable que también provoque alguna incomodidad», reconoció, pese a que recordó que desde la Undef aún están a expensas de «leer la letra pequeña». Por otra parte, en cuanto a que todos los arcabuceros tengan que disponer de la licencia de armas, añadió que «la Undef lleva tiempo haciendo campaña de mentalización para que la gente se saque ese permiso».