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Catastro

Fomento no ha autorizado a Hacienda nunca a usar drones en áreas urbanas

El ministerio de Montoro asegura que el uso de los dispositivos de vuelo es "puntual" y que lo habitual es buscar irregularidades catastrales a partir de fotografías desde aeronaves y por satélite

Fomento no ha autorizado a Hacienda nunca a usar drones en áreas urbanas

Desde el cielo la visión mejora y es más fácil saber lo que había antes y lo que hay ahora. Sobre la revisión iniciada por el catastro en el año 2012 ­­-para saber si se han realizado modificaciones o cambios en las propiedades urbanas o rústicas que impliquen un mayor pago de impuestos- se ha escrito, y mucho. Sin embargo, las informaciones de ayuntamientos, instituciones, colectivos, particulares y empresas especializadas hacen referencia al uso de drones por parte del Ministerio de Hacienda para fotografiar los inmuebles y actualizar el catastro. Fuentes de la Dirección General del Catastro, sin embargo, lo niegan. «No empleamos drones para realizar la revisión catastral iniciada en 2012 y que acabará este mismo año. Las herramientas que emplea el ministerio son fotografías aéreas tomadas desde aviones o helicópteros destinados a tal fin, así como imágenes de satélite, además de los propios inspectores. Alguna vez, en alguna ocasión y de forma puntual sí se emplean drones, pero vamos, son las menos. De lo contrario, España entera estaría plagada de drones sobrevolando el territorio y eso es impensable», aseguran las mismas fuentes.

Sin embargo, el «uso puntual» al que hace referencia el Ministerio de Hacienda ha disparado las alertas de los expertos, que cuestionan la legalidad de estos vuelos. Aunque solo haya sido uno. Y es que hay zonas donde está absolutamente prohibido volar dron alguno. Se denomina Espacio Aéreo Controlado (CTR, Controlled Traffic Region) y es una zona asociada a un aeropuerto o aeródromo. «Es la zona donde empieza a descender el avión. A partir de 50 o 60 kilómetros del aeropuerto existe riesgo y se prohíbe volar. Aunque los drones alcancen un máximo de altura de 500 metros tampoco pueden», aseguran los expertos consultados por este diario. La normativa también incluye la prohibición de volar un dron sobre zonas urbanas.

Legalidad cuestionada

La pregunta es evidente. «Si la ley prohibe volar un dron sobre zonas urbanas y el objetivo del catastro es fotografiar viviendas... ¿Es legal? La legalidad es cuestionable. Podrían obtener algún permiso especial, pero, aunque no se pueda asegurar al 100% que sea ilegal sí genera dudas porque los que estamos dentro de este mundo y somos pilotos y operadores de drones certificados por AESA, la Agencia Estatal de Seguridad Aérea, sabemos que no se puede hacer y que nos exponemos a multas astronómicas», afirman las mismas fuentes ya citadas.

El ministerio afirma que el uso de drones para la revisión del catastro es «puntual», pero desde AESA aseguran que no han «otorgado autorización alguna para volar sobre una CTR (eso está prohibidísimo) ni a particulares, ni a empresas, ni a instituciones, ni a nadie porque existe un riesgo real y la normativa es muy estricta al respecto».

Es más, desde AESA dudan de que el ministerio utilice drones para fotografiar los inmuebles desde el aire ya que «no se puede volar sobre núcleos urbanos». El debate está, pues, encima de la mesa ya que aunque proliferan las informaciones relacionadas con el uso de drones por parte del Ministerio de Hacienda, el Gobierno lo niega como un uso «habitual», aunque reconocen que ha sido útil en alguna ocasión. Y lo admiten pese a que AESA insiste en que no tiene conocimiento de vuelo alguno. La polémica está servida.

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