En concreto, el defensor del pueblo valenciano instó en enero a la conselleria a que, dentro de sus competencias de control y supervisión, verificara si la modificación de las condiciones laborales del personal que presta servicios en la empresa adjudicataria que gestiona los Puntos de Encuentro Familiar había podido o pudiera afectar a la prestación del servicio público y, en caso afirmativo, que adoptara las medidas oportunas para corregir dicha deficiencia.

En su resolución, el defensor recordaba que la Administración debe velar siempre por el interés superior del menor, por su integración familiar y social, así como por la prevención y la detección precoz de todas aquellas situaciones que pueden perjudicar su desarrollo personal. Para ello, el defensor recomendaba a la conselleria que hiciera un esfuerzo organizativo y presupuestario que permita una red de Puntos de Encuentro Familiar «digna y adecuada» en toda la C. Valenciana.

Los Puntos de Encuentro Familiar son un recurso gratuito, universal y especializado que depende de la conselleria con un objetivo claro: facilitar el cumplimiento del régimen de visitas establecido en situaciones de crisis o ruptura familiar. Se trata de espacios neutrales en los que los menores pueden ejercer su derecho a relacionarse con ambos progenitores u otros parientes mediante la intervención de un equipo de profesionales. Aunque no entra a valorar las fórmulas de organización administrativa, el Síndic entiende que el servicio ofrecido debe ser digno y de calidad, pues lo que está en juego es el bienestar de niños.