Miguel López, el sospechoso de haber matado a su suegra, la viuda del expresidente de las CAM Vicente Sala, seguirá en libertad y con las mismas condiciones con que el juez José Luis de la Fuente le permitió el pasado 20 abandonar la cárcel de Fontcalent después de 39 días preso.

El instructor del proceso que investiga el asesinato de María del Carmen Martínez ha rechazado los recursos presentados por el fiscal y la acusación particular que se ejerce en nombre del hijo mayor de la víctima, en los que pedían que volviera a prisión o, en su defecto, se acordara el alejamiento del sosopechoso tanto de su cuñado Vicente Sala y su familia como de los trabajadores de Novocar, a cuyas instalaciones no puede acercarse por orden del magistrado. El juez entiende que "no se desprenden argumentos que orienten hacia un acuerdo distinto al que tomó" para decretar la prisión eludible bajo fianza de 150.000 euros a la que se sumó la prohibición de salir del país, la retirada del pasaporte y la obligatoriedad de comparecer cada lunes en el juzgado.

En un auto contra el que cabe recurso ante la Audiencia, el instructor se apoya en la "ponderación" y el "equilibrio" para defender "la libertad de la persona cuya inocencia se presume y la realización de la administración de la justicia penal, que se estimba susceptible de conjugar a través de la posibilidad de acceder a una situación de libertad provisional una vez satisfechas las cautelas impuestas".

En cuanto al planteamiento del fiscal José Llor de que impidiera acercarse a los trabajadores de Novocar, el establecimiento que regentaba el sospechoso y donde su suegra fue tiroteada, para evitar posibles presiones, el juez entiende que la protección a estos testigos ya existe al tiempo que recuerda "la inconveniencia de distinguir entre unos testigos favorables y otros desfavorables a las tesis de la respectiva acusación y defensa, y poner de manifiesto la inoperatividad de establecer medidas de alejamiento y prohibición de comunicación personal por sí o por medio de terceros con los más de treinte testigos que en estos autos han declarado". Con la prohibición de no acercarse al negocio de automoción adoptada en el auto ahora recurrido, explica el magistrado, "lo que se prentendía evitar era la posible, tácita y permanente presión que pudiera derivarse de la presencia del investigado comno superior directivo de la empresa sobre sus trabajadores, y se considera bastante y proporcionada a tales fines".

Sobre la medida de alejamiento respecto a la vivienda de su cuñado Vicente, el instructor sostiene que ya en el auto donde se acordó la libertad "no se había apreciado peligro de reiteración delictiva y no se añaden en el escrito del recurso especiales elementos que justifiquen su apreciación más allá de la referencia a la convivencia en una misma finca de unos y otros".

El hecho de que tanto el sospechoso de la muerte de la María del Carmen Martínez como el hijo mayor de la víctima y acusación particular en este proceso residan en la misma urbanización, aun cuando se trate de un hecho tan grave como un asesinato, "no evidencia por sí la existencia de una situación objetiva de riesgo que justifique suficientemente la necesidad de adopción de las detalladas medidas y cautelas que se proponen, ni quedaría realmente aliviada la convivencia por tal delimitación de espacios y viales dado que que continuaría produciéndose siempre convivencia próxima y consecuente posibilidad de encuentros accidentales", afirma el juez.

El instructor afirma que no hay contradicción entre su decisión de encarcelar al presunto autor del crimen tras su detención porque fue "fruto precisamente del carácter inicial de la imputación" y la posterior decisión por la que el investigado podía eludir la prisión si pagaba una fianza, "basada en una nueva valoración de las circunstancias concretas del caso, tanto personales del investigado como del estadio de desarrollo y avance del procedimiento".