La Delegación del Gobierno no quiere banderas republicanas en los ayuntamientos el próximo viernes, día 14, conmemoración de la proclamación de la II República en 1931. El representante gubernativo, Juan Carlos Moragues, se ha adelantado a los acontecimientos y ha remitido una circular a consistorios y diputaciones en la que expone la normativa y la jurisprudencia sobre el uso de las enseñas oficiales.

La conclusión lleva implícita una advertencia: «En caso de que se produjera una infracción a lo establecido en dicha normativa [?] esta Delegación de Gobierno acudirá directamente a la vía judicial, a fin de restablecer la legalidad vigente», según el documento, al que ha tenido acceso Levante-EMV.

La iniciativa no es la trasposición de un mandato del Gobierno para toda España, sino que Moragues actúa de manera preventiva para no encontrarse la situación del año pasado, el primer 14 de abril con nuevos gobiernos en numerosas instituciones.

Entonces, hasta 17 ayuntamientos (incluidos los de València y Alicante) colgaron la bandera republicana de sus fachadas y lo mismo hizo la Diputación de València. La delegación envió requerimientos en ese momento y, antes o después (existía un plazo de un mes), todos acabaron retirando la enseña tricolor.

En 2017, no mediarán requerimientos. Aquel municipio que cuelgue una bandera republicana se encontrará directamente con una denuncia judicial por parte de las subdelegaciones del Gobierno. La institución considera que, con la circular enviada ahora, ya están todos informados de la «legalidad vigente».

València, Alicante, Xirivella, Ontinyent, Xàtiva, Manises, Sagunt y Alzira fueron algunos de los ayuntamientos valencianos en los que ondearon banderas republicanas el 14 de abril del año pasado. En algunos casos, durante varios días.

La institución que preside Moragues recuerda ahora diversas leyes del Estado y autonómicas para fundamentar que la colocación de una enseña como la de la II República no es legal. «La utilización de una bandera no constitucional vulneraría el principio de neutralidad y objetividad que debe regir la actividad de las administraciones públicas», señala la delegación apelando a la Carta Magna.

Recoge asimismo una sentencia de 2015 del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León que prohíbe la utilización de la bandera de la II República en edificios públicos y que subraya que la libertad de expresión no puede estar por encima.