La gestora del departamento de salud de la Ribera, la UTE Ribera Salud II, ha conseguido un mes y medio más de tiempo para cumplir con la obligación de presentar documentación sobre su estructura, funcionamiento y recursos como parte de las normas establecidas por la Conselleria de Sanidad para garantizar el proceso de reversión del área a la gestión pública a partir del 1 de abril de 2018. Así lo ha dictado la sección 5 de la sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) que ha estimado parcialmente la petición de medidas cautelares presentada por la empresa ante las normas de reversión comunicadas el 27 de marzo.

Ribera Salud recurrió ante los tribunales las normas de Sanidad para guiar el proceso de reversión y en las que se pedía información, se ajustaba la fecha para integrarse en los sistemas informáticos y se obligaba, entre otras cuestiones, a que la firma comunicase cualquier decisión importante durante este año. Junto al recurso, Ribera Salud solicitó la suspensión por la vía de urgencia de las normas. Esta petición fue rechazada el pasado 18 de abril por lo que se pidió la misma suspensión como medida cautelar. El TSJ ha rechazado también esta petición aunque, según la resolución de ayer viernes sí suspende los plazos contenidos en las normas «durante un mes y medio» ampliando el margen que tiene Ribera Salud para cumplir con Sanidad. La sala entiende que, tal como alegaba la empresa, existe «desproporción entre el tiempo que la administración concede a la concesionaria para cumplimentar sus requerimientos de información y el que la misma se reserva para la comprobación de la misma».

Además, la sala ha tenido en cuenta que, desde el 27 de marzo hasta el 1 de mayo (fecha en la que la empresa debía aportar ya datos sobre su estructura, cartera de servicios, inmuebles o actividad asistencial) han coincidido «un mayor número de días inhábiles de lo que es habitual».

La empresa pedía suspender totalmente las normas de reversión ya que entendía que eran «desproporcionadas» y que iban a causar un daño «irreparable» a la concesionaria. En este sentido argumentaban ante el TSJ que las obligaciones que contenían eran «de imposible cumplimiento». Ribera Salud criticaba además que tuvieran que notificar las decisiones tomadas en este año ya que, para ellos, era una intromisión en su libertad empresarial.

«Previsible»

El tribunal desestima estas argumentaciones y tampoco cree que el cumplimiento de las normas vaya a suponer una «merma en la agilidad» en la prestación del servicio en la Ribera. Es más, la sala entiende que la «complejidad» del proceso de reversión es más que evidente y que la reversión por la finalización del contrato «no es sobrevenida». «Mucha de la información que se solicita era previsible que fuera ser solicitada antes de la aprobación de las normas del 27 de marzo», aseguran.

Tras conocerse el fallo, fuentes de la empresa aseguraron que éste demostraba que Sanidad estaba «exigiendo unos plazos técnicamente imposibles de cumplir», mientras desde la conselleria destacaron que la resolución «avala que se mantengan con total vigencia las normas de reversión» con la «salvedad» de los plazos.

«Ello implica que se mantiene la hoja de ruta diseñada por la Administración para que, con total normalidad, a partir del 1 de abril de 2018 el departamento de salud de La Ribera se incorpore a la gestión pública directa».