Los enfermos terminales podrán planificar qué cuidados paliativos quieren que se les administre para no tener dolor y proteger su dignidad hasta su muerte y también dónde recibirlos. Además, tendrán asegurada una habitación hospitalaria individual en sus últimos días.

Estas son algunas de las novedades del anteproyecto de ley de la Generalitat valenciana de derechos y garantías de la dignidad de la persona en el proceso de atención final de la vida que ha aprobado este viernes el pleno del Consell.

Al respecto, la consellera de Sanidad Universal, Carmen Montón, ha aclarado que esta norma no regula la eutanasia ni el suicidio sino "avanzar" en los cuidados paliativos dentro de las competencias de la Generalitat para "proteger la dignidad de las personas hasta su muerte". En ese sentido, ha destacado que esta norma quiere garantizar "que el mimo que recibimos en el momento de nacimiento sea también el que recibamos al final de la vida".

Para ello, se crea la Planificación Anticipada de Decisiones, que permite al paciente planificar la atención futura que recibirá con el personal médico que le atiende habitualmente en "un proceso voluntario y progresivo de comunicación y deliberación". Esta planificación está abierta a los familiares o representantes designados por el paciente y quedará registrado en la historia clínica.

Montón ha destacado que la norma supone asimismo "un gran avance" en la atención integral paliativa ya que se garantiza la formación en estos cuidados a todos los profesionales implicados en la atención al paciente al final de la vida. Esta formación ya se está realizando en Atención Primaria en coordinación y colaboración con las unidades de hospitalización a domicilio.

Asimismo, el enfermo podrá decidir dónde quiere recibir los cuidados paliativos ya sea el domicilio, un hospital, centros u otros siempre que lo permita la situación clínica y de cuidados y además se les garantiza que si decide recibirlo en un centro hospitalario en sus últimos días tendrá una habitación individual para "garantizar la intimidad y dignidad al paciente y a sus familiares".

Del mismo modo, el enfermo podrá designar la persona que quiere que le acompañe de forma permanente en el proceso final de su vida ya sea un familiar o una persona cercana y las instituciones y centros sanitarios deberán facilitarlo. También tendrá derecho a recibir acompañamiento espiritual de acuerdo a sus convicciones y creencias.

Montón ha resaltado que es la primera vez que la Comunitat Valenciana dispondrá de un texto legal que específicamente garantice la voluntad y la autonomía de las personas en la atención al final de la vida. De este modo se suma a las otras seis autonomías que ya han legislado en la materia entre 2010 y 2015: Andalucía, Aragón, Navarra, Canarias, Baleares y Galicia.

Principios básicos

Montón ha explicado que el anteproyecto tiene por objeto regular el ejercicio de los derechos de la persona en el proceso final de su vida para garantizar el respeto a su dignidad y autonomía, a la expresión de sus deseos y valores, a su voluntad, dentro del marco legal, y velar por la calidad de su vida durante dicho proceso.

También establecer los deberes que ha de cumplir el personal de las instituciones y centros sanitarios y sociales, -tanto de titularidad pública como privada- que prestan servicios en la Comunitat Valenciana, que atienden a las personas en el proceso final de su vida. Finalmente, la norma fija las garantías que deben proporcionar dichas instituciones y centros.

Por ello, los principios básicos de la norma son el respeto a la dignidad de la persona en el proceso del final de la vida, el respeto a la libertad, la autonomía personal y a su voluntad en cuanto a deseos, prioridades y valores dentro del marco legal.

También apuesta por el diálogo y la reflexión conjunta con el personal responsable de su atención; así como el respeto a la intimidad de la persona y de sus familiares o allegados y a la confidencialidad de la información clínica que deban recibir, de acuerdo con la normativa vigente.

Asimismo, recoge la atención a valores como la igualdad y no discriminación de las personas en el proceso del final de la vida a la hora de recibir servicios del ámbito social o sanitario y la garantía de que, el rechazo o interrupción de un procedimiento, tratamiento o información, no causará ningún menoscabo en la atención integral en el proceso del final de la vida.

Norma consensuada

Oltra ha resaltado que esta norma es "fruto de la reflexión y participación" con las aportaciones que han realizado tanto los expertos en la materia como la propia ciudadanía. Así, se partió de un grupo de trabajo integrado por una veintena de expertos, entre ellos la catedrática de Ética Adela Cortina y la socióloga e investigadora del CSIC María Ángeles Durán.

Asimismo, el texto se enriqueció en distintas etapas, como una jornada celebrada en la Facultad de Medicina de Valencia o las de la ciudadanía remitidas a la dirección electrónica habilitada a tal efecto en conselleria. Asimismo, se ha contado con la participación del Comité de Bioética de la Comunitat Valenciana y se ha puesto asimismo en conocimiento del Consejo de Salud de la Comunitat Valenciana.

Montón ha señalado que la sociedad está "ya lo está suficientemente madura para pasar de la reflexión ética a la acción legislativa" y "proteger la dignidad de las personas a lo largo de la vida, desde el nacimiento hasta la muerte y hoy damos un importante paso para que morir en dignidad y en paz sea reconocido como derechos de los valencianos", ha apostillado.