La misma Sección 4ª de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Comunitat Valenciana, con apenas 48 horas de diferencia, ha emitido por el procedimiento de urgencia para la Protección de los Derechos Fundamentales de las Personas dos sentencias sobre el decreto de enseñanza plurilingüe que han sembrado el desconcierto entre la comunidad educativa.

En el primer fallo, que lleva fecha de este miércoles, los magistrados estiman parcialmente el recurso planteado por la Central Sindical Independientes y de Funcionarios (CSIF) y anulan la disposición adicional 5ª del decreto que prevé la acreditación automática de conocimiento de idiomas en los niveles con más valenciano, por «el claro agravio comparativo para el alumnado» que elige la enseñanza en castellano. Establecen que esta certificación diferenciada «no supera el canon de constitucionalidad» al vulnerar el derecho fundamental a la igualdad y el derecho a la educación reconocidos en los artículos 14 y 27 de la Constitución.

Sin embargo en la segunda sentencia, emitida ayer por la misma Sección 4ª, los magistrados entienden que en el recurso presentado por la Unión Sindical Obrera (USO) en el que se pide la anulación de la citada disposición adicional 5ª «no se aprecia vulneración» de los principios de igualdad y libertad de enseñanza con los los argumentos expuestos por la parte demandante. El tribunal, por la misma razón, también desestima anular los artículos del 10 al 12, que regulan la línea única de enseñanza articulada en seis niveles en los que la docencia en castellano va disminuyendo conforme se incrementa la carga docente en valenciano e inglés.

En este sentido, añaden, la falta de argumento de la demanda de USO «no permite analizar [mucho menos resolver] si el principio de igualdad ha quedado infringido con esa obligación más o menos encubierta de tener que elegir (...) el valenciano como lengua vehicular en su máxima amplitud o no se obtiene certificación de inglés».

Para el tribunal «no existe contradicción» entre ambas sentencias porque «los argumentos expuestos en la demanda en el primer recurso eran distintos y allí sí se alegaba la infracción al principio de igualdad por el distinto trato que recibían, en la impartición de horas de inglés y correspondiente certificación de ese idioma, los alumnos que eligieran el nivel básico respecto de los que optaran por el avanzado».

Fuentes de USO avanzan que van a analizar la sentencia, que no es firme y contra la que cabe recurso, y recuerdan que han interpuesto otro contencioso por la vía ordinaria contra el decreto.

Más recursos y autos

En base a estas dos primeras sentencias el Sindicat de Treballadors de l´Ensenyament (Stepv), mayoritario en la enseñanza pública, anunció ayer que instará al TSJ a «levantar la suspensión cautelar» del decreto de plurilingüismo, puesto que ambos fallos «avalan la legalidad del mismo al sólo anular la disposición adicional quinta». Por ello pide al tribunal que, a excepción de las acreditaciones automáticas anuladas, se deje implantar el nuevo modelo lingüístico ya el próximo curso al no vulnerar los derechos fundamentales.

El TSJ publicó ayer otro auto en el que desestima el recurso presentado por la conselleria para levantar parcialmente la suspensión del decreto, manteniendo solo la paralización de las acreditaciones que no llegarán hasta junio de 2024. El Consell recurrirá al Supremo.