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La historia del cabecilla

El imán de Ripoll estaba catalogado como preso peligroso por ser salafista radical

Pese a su «peligrosidad», un juez de Castelló canceló su orden de expulsión del país al considerar que «la amenaza contra el orden público o la seguridad no era actual»

El imán de Ripoll estaba catalogado como preso peligroso por ser salafista radical

El presunto cerebro que planeó los atentados de Barcelona y captó y radicalizó a los terroristas que ejecutaron la barbarie, el imán Abdelbaki es Satty, ya figuraba en los Ficheros de Internos de Especial Seguimiento (FIES) de Instituciones Penitenciarias como preso peligroso «por su carácter radical salafista», según ha podido saber Levante-EMV. Hace justo un año acudió a una oficina pública de Castelló para solicitar que le retiraran dichos antecedentes penitenciarios, dos años después de cumplir una condena de cuatro años por tráfico de drogas en la prisión de Castelló I. Según recuerda el funcionario que le atendió, y que le remitió a los juzgados de Vigilancia Penitenciaria, Es Satty le preguntó cómo podía cancelar dichos informes penitenciarios, una vez cumplida su pena, para poder viajar a Bélgica.

No obstante, el Juzgado de lo Contencioso- Administrativo número dos de Castelló no contempló esta condición en la sentencia de marzo de 2015 por la que paralizaba su expulsión del país. De hecho, el juez argumentó que «la amenaza contra el orden público o la seguridad no era actual», según recoge el fallo. Esta falta de comunicación entre Instituciones Penitenciarias y la administración judicial permitió que la resolución de abril de 2014, que decretaba la expulsión del territorio nacional del ahora identificado por los yihadistas detenidos como cabecilla de la célula terrorista, quedara sin efecto.

Para el magistrado de lo contencioso-administrativo de Castelló pesaron más los argumentos esgrimidos en el recurso presentado por el imán, residente extranjero de larga duración, quien demostró un arraigo laboral en España tras haber cotizado 1.098 días en la Seguridad Social, así como una «inexistencia de vínculos con su país de origen».

Según la sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Castelló, aunque el delito cometido fue castigado por un juzgado de lo Penal de Ceuta con una pena superior a un año de prisión, concretamente a cuatro años y un mes de cárcel por un delito de tráfico de drogas sin grave daño a la salud, se trata de «un solo hecho delictivo lejano en el tiempo». El delito fue cometido el uno de enero del 2010. Asimismo, el recurrente acreditó «un evidente arraigo laboral en España, que demuestra sus esfuerzos de integración en la sociedad española».

Por todo ello, y sin que tuviera constancia de que el condenado había figurado como preso de especial seguimiento por su «carácter radical salafista», el juez decidió estimar el recurso al entender que su expulsión del territorio nacional «vulneraba el principio de proporcionalidad». Desde la Abogacía del Estado se advirtió del riesgo de paralizar la expulsión y se solicitó «la inadmisibilidad del recurso de apelación al plantear el recurrente cuestiones nuevas no planteadas en la instancia, y que por lo tanto no habían sido sometidas al principio de contradicción».

Dos años antes de que planeara presuntamente la masacre de Barcelona y Cambrils, que se cobró la vida de quince personas, el magistrado de Castelló que canceló su expulsión remarcaba en su sentencia: «No puede considerarse que estemos ante un supuesto de amenaza real y efectiva, puesto que se le ha concedido la remisión condicional y ha transcurrido el plazo impuesto, lo que denota ausencia de peligrosidad».

Especial seguimiento

No lo consideraban así desde Instituciones Penitenciarias, donde seguía constando como preso de especial seguimiento por su carácter radical salafista, a tenor de sus supuestas vinculaciones con algunos de los detenidos en los atentados del 11M, según los servicios de Información de la Guardia Civil. Ni tampoco la abogacía del Estado, quien insistió en que apreciaba «la existencia de un caso concreto de amenaza real y suficiente grave para el orden público, unido a que tiene pocos vínculos con este país, pues el domicilio que legalmente tiene establecido se encuentra muy lejos». Todo ello no evitó que Es Satty se asentara en Ripoll y desde allí captara a jóvenes para la causa del terror.

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