El Tribunal Constitucional (TC) ha desestimado el recurso de inconstitucionalidad presentado por el PSOE contra el Decreto-Ley 5/2013, de 7 de noviembre, del Consell por el que se adoptaban medidas urgentes para garantizar la prestación del servicio de radiotelevisión valenciana, que permitió el cierre del ente público. El fallo, al que ha tenido acceso EFE y que incluye el voto particular de María Luisa Balaguer Callejón en el que afirma que disiente de la decisión adoptada, rechaza así el recurso promovido por 87 diputados del grupo socialista en el Congreso.

La sentencia del Constitucional considera que en el Decreto-Ley impugnado «se ha justificado suficientemente la existencia de una situación de extraordinaria y urgente necesidad». Además, señala que aunque la Constitución no prevea el Decreto-Ley autonómico, «nada impide que el legislador estatutario pueda atribuir al Gobierno de las comunidades autonómicas la potestad de dictar normas provisionales con rango de ley».

Indica que se ha ofrecido una «justificación general vinculada a la necesidad de garantizar el cumplimiento de la función asignada legalmente a la radiotelevisión autonómica» y valora que dentro del contexto en el que se dicta el Decreto-Ley impugnado, el ente «se encontraba ante sus últimos días de vida tras el anuncio de cierre» hecho público por el Consell de Alberto Fabra.

El fallo explica que el 18 de julio de 2012 el Consejo de RTVV presentó un procedimiento selectivo de extinción de la plantilla del Grupo RTVV, una decisión que implicaba la extinción de un total de 1.198 contratos de trabajo.

Dos días después, Les Corts aprobaron la ley 3/2012 que regulaba la prestación, por parte de la Generalitat, del servicio público de radio y televisión por cualquier medio o canal de difusión, y establecer el régimen jurídico de RTVV, estableciendo que será una sociedad mercantil de titular pública con especial autonomía.