"Ni es cierto que los trabajadores de la antigua RTVV resultan beneficiados de manera automática e injustificada, ni es cierto que el resto de profesionales del sector se ven imposibilidades para acceder a los nuevos puestos de trabajo". Esa es la resolución a la que ha llegado esta mañana el Consejo Rector de la Corporació Valenciana de Mitjans de Comunicació (CVMC), quien, como adelantó hoy Levante-EMV, ha acordado desestimar el recurso administrativo de reposición interpuesto por la Unió de Periodistes y por la Asociación de la Prensa de Alicante.

Ambas entidades habían recurrido contra la convocatoria de las bolsas de trabajo de Societat Anònima de Mitjans de Comunicació, empresa que gestiona À Punt. En la resolución, el consejo rector recuerda que la experiencia está admitida como mérito a la hora de seleccionar personal. De hecho, añaden fuentes de la corporación, "el Tribunal Constitucional ha reconocido la constitucionalidad de la valoración de la antigüedad en un puesto de trabajo o función pública, así como también del que se denominan habitualmente de manera genérica como servicios prestados, declarante que no son contrarios a los principios de mérito, capacidad e igualdad".

Fuentes del consejo rector también han explicado que "la condición de extrabajador no se podrá hacer valer en una parte significativa de los lugares por el hecho que determinadas categorías no existían en la antigua RTVV", como es el caso de SEO Mánager o experto en redes sociales. "Por lo tanto, para el acceso a una parte importante de los lugares (más de cien) no podrá alegarse la experiencia en la antigua RTVV", detalla el escrito. Sin embrago, también en esas bolsas los primeros puestos están copados provisionalmente por extrabajadores conocidos de los extintos medios, si bien es cierto que el número de ellos es mucho menor que en la bolsa de redactores, por ejemplo.

La corporación añade que "con unas bases similares ha contratado ya 23 personas, una tercera parte de las cuales no han utilizado la experiencia en RTVV para acceder a la CVMC". En el acuerdo que se ha aprobado esta mañana, respaldado en los servicios jurídicos de la corporación, el consejo rector recuerda igualmente que en la Ley 6/2016, de 15 de julio, del servicio público de radiodifusión y televisión de ámbito autonómico, la Generalitat prevé que en la contratación temporal hay que valorar, de forma diferenciada, haber trabajado en la antigua RTVV, la antigüedad y haber accedido al lugar mediante un proceso selectivo. También remarca que los acuerdos son el resultado de una negociación previa.

Ambos argumentos eran los esperados por los demandantes que ahora, una vez agotada la vía administrativa, acudirán a la judicial, según acordaron en la asamblea extraordinaria de junio los socios de la Unió. Junto a la demanda contenciosa, tendrán que decidir si piden también una suspensión cautelar del proceso, que en caso de ser aceptada, paralizaría la puesta en marcha de À Punt, prevista para este trimestre.