El Juzgado de Instrucción 3 de Sagunt ha archivado la querella por falsedad en documento mercantil que el exdirector general de Avialsa T-35, Francisco Alandí, presentó contra el propietario de la empresa, Vicente Huerta. Alandí también es el denunciante del Caso Avialsa que acabó con la detención del Delegado del Gobierno, Serafín Castellano, el 29 de mayo de 2015, por el presunto trato de favor a la empresa de Huerta, a cambio de presuntos regalos como un rifle, cacerías, relojes y dinero en metálico.

La querella que ahora ha sido archivada por el magistrado del Juzgado de Instrucción 3 de Sagunt, Eduardo Estellés Arolas, se presentó el 29 de febrero de 2016. Alandí acusaba a Vicente Huerta de falsear un acta de la Fundación Medioambiental Huerta en la que se acordó el cese del exdirector general de Avialsa T-35. Alandí aseguraba en su querella que el acta de dicha reunión se falseó porque él ya no trabajaba para el grupo empresarial Avialsa y tampoco participó en esta reunión en la que se aprobó su cese, por lo que acusaba al empresario Vicente Huerta y a la persona que ejerció de secretario de dicha reunión de falsedad en documento mercantil porque en el acta formalizada ante notario se aseguraba que la reunión del Patronato de la Fundación se celebró «con asistencia de la totalidad de sus miembros» y que «todos ellos aceptaron por unanimidad la celebración de la reunión», entre otros asuntos. A partir de estos mimbres, el magistrado rechaza los argumentos de Alandí y dicta, en un auto dictado el pasado 26 de octubre el sobreseimiento libre de la querella, aunque puede recurrirse en apelación ante la Audiencia de València.

El magistrado argumenta, para rechazar las pretensiones de Alandí, que «en ningún momento aparece su nombre de modo expreso como asistente a la celebración de la reunión. Si bien es cierto que una interpretación de la frase 'con asistencia de la totalidad de sus miembros' debería incluir, obviamente, a todos aquellos que formaban parte del Patronato el 13 de diciembre de 2012».

Aunque, añade el juez Estellés Arolas, «el señor Alandí cesó por baja voluntaria comunicada el 10 y efectiva el 11 de diciembre de 2012. De esta forma, sería lógico pensar que el señor Alandí no precisaba estar presente en una reunión de un Patronato del que ya había presentado su baja voluntaria. Ni precisaba estar presente ni era pertinente su presencia por cuanto él mismo se había dado de baja voluntaria». Desde esta perspectiva, la frase «'con asistencia de la totalidad de sus miembros' no parece tan falsa si, a ello, hacemos una interpretación integral del documento cuando se añade posteriormente que 'todos ellos aceptaron por unanimidad la celebración de la reunión, y así lo firmaron bajo su nombre respectivo'».

El juez añade que al firmar el acta de la Fundación Medioambiental Huerta que Alandí pretendía que se declarase falseada «no concurre ningún ánimo de lucro en los pretendidos agentes, ni concurre un beneficio económico, ni se genera ningún perjuicio que pueda ser particularizado en la persona del señor Alandí y que sea palpable y concreto».

Por tanto, concluye, «no se quiebra en ningún momento la presunción de inocencia del señor Huerta por lo que no concurren indicios racionales de criminalidad».