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Claves del asesinato de la viuda de Sala

«La muerte de Mª. del Carmen fue clave para los intereses de sus tres hijas y su yerno» - El abogado de Vicente Sala aporta al juez que investiga el crimen de su madre parte de la demanda interpuesta por sus hermanas por la trasmisión de la acción de oro

Claves del asesinato de la viuda de Sala

Con la muerte de María del Carmen Martínez se ha extinguido la acción de oro que le legó su marido, el expresidente de la CAM Vicente Sala,y con ello el control sobre el entramado empresarial familiar. Así las cosas, al convertirse esa participación privilegiada en una ordinaria como consecuencia de su fallecimiento, sus tres hijas, con un 60,30% del capital social pero que antes de la muerte de su madre únicamente tenían el 20,70% de los derechos de voto,

De este modo se explican Mar, Antonia y Fuensanta Sala Martínez en la demanda interpuesta contra Samar Internacional, motor económico de la familia Sala, por el traspaso de esa acción a su hermano por parte de su madre en la última junta de accionistas a la que asistió (en septiembre de 2016) y el uso que el primogénito ha hecho de ella (en la junta de julio de este año), donde la utilizó, entre otras cosas, para ratificar la modificación estatutaria que implicaba esa transmisión, además de para aprobar las cuentas.

Una demanda de la que Francisco Ruiz Marco, que ejerce la acusación particular en nombre de Vicente Sala, ha aportado parte al juez que investiga este asesinato como prueba de que «en la despiadada batalla por el control político de la sociedad, la muerte de María del Carmen Martínez se erigió en pieza decisiva para la consecución del fin de la comunidad de intereses formada por el investigado (en alusión a Miguel López, yerno de la víctima y único sospechoso de su muerte), sus hijos, su esposa y las hermanas de ésta».

El letrado llama la atención sobre el hecho de que en el documento se hable de «fallecimiento» para referirse al asesinato de la madre de las demandantes y precisa, a tenor de lo que recoge el escrito, que «pese a los múltiples indicios obrantes en la causa respecto al rencor u odio hacia la víctima que anidaba en la mente del investigado y de su familia más próxima, nadie como su esposa había explicado hasta hoy con más elocuencia el móvil del asesinato», en alusión a lo expuesto en la demanda.

Entre los extractos de la demanda que Ruiz Marco ha presentado para su incorporación a la causa se encuentra uno en el que se afirma que «este privilegio (el de la participación de oro) rompía el principio de proporcionalidad entre en el derecho de voto y el capital social. No obstante, esta situación era transitoria: el privilegio de la participación de oro, titularidad de D. Vicente Sala Bello y de Doña María del Carmen Martínez, desaparecería en el momento en que cualquiera de ellos la transmitiera un tercero, ya fuera inter vivos o mortis causa».

En el escrito, que ya forma parte del procedimiento, se recoge también parte de la declaración que una de la hijas de la víctima prestó ante la Policía, «aproximadamente a las 48 horas del asesinato de su madre», en la que afirmaba que al fallecer ésta, «desaparecen los derechos políticos privilegiados (acción de oro) que tenía su madre ya que, en contra de lo que la madre quería, esos derechos no pasarían a su hermano Vicente al no haberse registrado, por lo que en estos momentos (...) el poder decisorio en la empresa estaría en relación al porcentaje de participación de cada socio sin votos de privilegio».

Un testimonio que lleva al representante legal de Vicente Sala a afirmar que la muerte de la matriaca, «al implicar inexorablemente la trasmisión mortis causa de la participación de oro, comportaba legalmente su desaparición, consecuencia que impulsa el comportamiento del investigado (...) de igual manera que la supervivencia de María del Carmen Martínez implicaba que era quien mantenía el control político de la sociedad».

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