Francisco Javier Carrión (PP), exalcalde de Montroi, ha aceptado cumplir un año y 10 meses de prisión por irregularidades urbanísticas en el municipio. Junto a él, otros 15 acusados pagarán una multa o serán condenados a penas de hasta dos años de cárcel.

Este lunes se han sentado en el banquillo de la sección tercera de la Audiencia Provincial de Valencia un total de 16 personas. En esta causa había inicialmente 18 acusados, pero uno de ellos, exalcalde de Montroi, falleció --Antonio Polo (primero del PSPV y luego de Units per Montroi)--, y otro está en busca --un constructor--.

Inicialmente el ministerio fiscal solicitaba una pena de 16 años de cárcel para Francisco Javier Carrión, mientras que para el resto de procesados reclamaba entre dos y 13 años de cárcel por diferentes delitos de estafa, contra la ordenación del territorio, falsedad en documento público y oficial, prevaricación administrativa o cohecho, entre otras.

Sin embargo, finalmente se ha llegado a un acuerdo entre el ministerio público y los letrados de los acusados y las penas se han rebajado considerablemente ya que ninguna de ellas supera los dos años de cárcel.

En esta causa se ha investigado la construcción de viviendas unifamiliares aisladas y en suelo no urbanizable o rústico en las partidas de Las Palomas; Pla Galán; Los Corrales; L'Hospitalet; y Les Valletes. Las viviendas carecían de autorización y estaban ejecutadas al margen de los procedimientos legalmente establecidos.

A los ciudadanos --hay unas 200 víctimas--, mayoritariamente extranjeros, se les vendía la propiedad exclusiva de una parcela, perfectamente identificada y aparentemente independiente y delimitada por cuatro puntos cardinales, cuya concreta ubicación se mostraba según un plano particular de la urbanización ya terminada y completamente parcelada.

Para la construcción de las viviendas se exhibían unos modelos de edificación estandarizados. Así mismo, se presentaban las villas con las dotaciones y servicios públicos esenciales, valiéndose además de diversos reclamos como la construcción de un lago, un campo de golf, un centro comercial, una comisaría de policía y un hotel que ni siquiera consta que se hubieran proyectado.

Sin embargo, en realidad, las fincas rústicas de las que derivan las parcelas eran indivisibles y no habrían sido objeto de procedimiento previo alguno, pues seguirían formando parte de la finca registral. Carecían de la preceptiva licencia de parcelación o de la declaración de innecesariedad municipal.

Como consecuencia, ni todos los perjudicados tienen vivienda, ni todos los que la tienen lograron que la misma se correspondiese con la que aparecía documentada en el contrato privado.