Eduardo Estellés, titular del juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Sagunt, defiende la «necesidad» de volver a introducir la legislación relativa al derecho de corrección de los padres a los hijos que eliminó la Ley 54/2007, de 28 de diciembre.

Entre las consecuencias de su eliminación, Estellés destaca una «desconexión» entre la norma jurídica y la realidad familiar, así como «un detrimento de la autoridad de los padres, que ha influido en el incremento de la violencia filio-parental», ha informado la Universidad Católica de Valencia (UCV) en un comunicado.

Pautas de autoridad

En la investigación realizada para su tesis doctoral, el jurista valenciano ha trabajado con las memorias de la Fiscalía General del Estado. Del escrutinio de los datos que esta ofrece se extrae el crecimiento de la violencia de los hijos contra los padres, sobre todo desde el año 2009.

La propia Fiscalía indica en su memoria de 2015 que este problema hunde sus raíces «en una profunda crisis de principios y valores» y remarca en la memoria de 2016 el «fracaso» del modelo educativo y su carencia de «pautas de autoridad», subraya Estellés.

En este sentido, la modificación de los artículos 154 y 268 del Código Civil realizada por la Ley de 2007 «no solo ha suprimido el derecho de corregir que ostentaban históricamente los padres respecto de sus hijos, sino que, además, no ha conseguido evitar la violencia contra los hijos», afirma el jurista.

«El que quiere pegar y causar daño a su hijo, lamentablemente, seguirá haciéndolo, pero el que quiere corregir a su hijo correctamente, no puede ejercer su derecho o lo ejerce a sabiendas de que puede ser denunciado por un delito de maltrato, amenazas, coacciones, entre otros», agrega Estellés.

Uno de los ejemplos que presenta Estellés en su trabajo a este respecto es el de un padre que castigó a su hija de 15 años sin salir de casa con las amigas, fue denunciado por ella y se le imputó un delito de detención ilegal por retenerla en el domicilio: «Si hay un derecho de corrección puedes castigar a tu hija a no salir con las amigas; si no existe tal derecho, cualquier acción que hagas puede ser susceptible de ser un hecho punible, criminalizando la familia y las relaciones paternofiliales».

Igualmente, «no se trata de volver a los años 50 del siglo pasado, sino de asumir un derecho de corrección actualizado, enmarcado en los principios constitucionales y el reconocimiento de los derechos a los menores y su protección integral, pero sin olvidar que los menores tienen derechos, pero también deberes legales», apunta.

Por ello, Estellés reivindica que «el Estado se dedique a hacer leyes justas y a los padres que nos dejen corregir a nuestros hijos» y agrega que en «la esfera de la patria potestad ha existido el deber de los padres de educar».