El Tribunal Constitucional (TC) ha anulado varios preceptos de la ley 1/2006 del sector audiovisual de la Comunitat Valenciana, que fue recurrida por el Gobierno en 2007, hace más de una década. El tribunal ha decidido estimar parcialmente el recurso de inconstitucionalidad que interpuso el Ejecutivo central y anula las letras a y b del artículo 38.2, referente a la gestión compartida de canales múltiples digitales, y las letras a y b del 45.2, que alude a la gestión de los canales de Televisión Local Digital. Declara igualmente inconstitucionales y nulos por conexión con este razonamiento jurídico la letra c de los artículos 38.2 y 45.2, y los apartados 3, 4, 5, 6 y 7 de los artículos 38 y 45 de la norma valenciana. En la sentencia, dada a conocer ayer, el Constitucional argumenta que los preceptos objeto de impugnación regulan obligaciones de carácter técnico que corresponde fijar al Estado.