La Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio ha convocado para este ejercicio 2018 las subvenciones para la mejora de baños y cocinas de las viviendas dentro del Plan Renhata, según publica el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana, (DOGV).

El plazo de solicitud termina el 10 de julio y se podrá presentar cualquier persona física, que sea propietaria, usufructuaria o arrendataria de una vivienda situada en la Comunitat Valenciana que tenga una antigüedad superior a los 20 años (salvo para actuaciones de adaptación para personas con diversidad funcional), y que sea residencia habitual y permanente de su propietario, inquilino o usufructuario.

La directora general de Vivienda, Rehabilitación y Regeneración Urbana, Rebeca Torró, ha destacado el aumento de presupuesto del Plan Renhata impulsado por la Conselleria para este año 2018 y que asciende a 5.416.000 de euros, con la posibilidad de ampliarlo.

Ha resaltado que "tras el éxito de la anterior convocatoria anterior se han mejorado también las condiciones para su concesión y la agilización de los trámites para su adjudicación".

La directora general ha explicado que el procedimiento de concesión de estas subvenciones será el de concurrencia competitiva y las obras deberán estar finalizadas en el momento de la solicitud de las ayudas, debiéndose haber iniciado con posterioridad al día 1 de enero de 2017.

El procedimiento de tramitación será telemático, las solicitudes, escritos y comunicaciones se presentarán ante el Registro Electrónico y deberán estar firmados electrónicamente.

Las subvenciones con cargo a los fondos de la Generalitat serán de entre el 25 % y el 35 % del presupuesto protegible hasta un máximo de 3.000 o 4.200 euros según la baremación obtenida.

El presupuesto subvencionable no será inferior a 2.000 euros ni superior a 12.000 euros, con independencia del presupuesto real de las obras que puede ser mayor. Este año se incluye una subvención básica de un 5 % para costear los trabajos técnicos previos a todos aquellos que cumplan los requisitos.

El plazo máximo para resolver y publicar la resolución de las subvenciones será de seis meses contados a partir de su publicación. Transcurrido este plazo sin que se haya dictado y publicado resolución expresa, las personas solicitantes podrán entender desestimada su solicitud