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Advertencia

La Fiscalía acusa a Medio Ambiente de retener denuncias sobre el 'parany'

Asegura tener constancia de que se esconden inspecciones y avisa de que perseguirá penalmente a los responsables

Protesta de la Asociació de Paranyers en Castelló con el apoyo de la presidenta del PP, Isabel Bonig. leva nte-emv

La Asociació de Paranyers (Apaval) está en pie de guerra contra la Conselleria de Medio Ambiente por su decisión de impedir que el colectivo apruebe un método de caza alternativo al parany, una caza prohibida por el Código Penal. Pero en el conflictivo mundo del parany los tiros le vienen a la conselleria desde otros frentes, algunos insospechados.

Así, según ha sabido este diario, la Fiscalía Provincial de València ha remitido al departamento que dirige Elena Cebrián una dura misiva en la que deja entrever que la Generalitat está ocultando denuncias sobre el Generalitatparany un hecho que, de probarse, podría traer consecuencias penales para sus responsables.

La carta, dirigida a la Subsecretaría, fechada el pasado 14 de marzo y firmada por la fiscal jefe Teresa Gisbert está redactada en términos muy duros. Comienza afirmando que en los últimos años, la fiscalía ha observado una disminución de denuncias en materia de caza, en concreto, con el método ilegal del parany, provenientes de la actividad inspectora de los agentes medioambientales.

Además, subraya que también han detectado casos en los que, «existiendo conocimiento por parte de la conselleria de la actividad de caza por el citado método y existiendo una inspección de los agentes medioambientales, no se ha puesto en conocimiento ni de la fiscalía ni de los órganos judiciales».

La Fiscalía recuerda a la conselleria que desde la reforma del Código Penal en 2010, «cualquier actividad relacionada con la caza por el método del parany es constitutiva de un delito del artículo 336 del Código Penal» y, «no corresponde a la conselleria, en ningún caso, la valoración de las circunstancias de comisión, existencia o inexistencia del delito».

Es decir, recuerda la competencia exclusiva a la hora de atender denuncias relacionadas con el parany. En la misiva, le recuerda que la ley estatal de régimen jurídico del sector público establece la imposibilidad de existencia de procedimientos simultáneos, es decir, del sancionador adminitrativo, por un lado, y del penal, por parte de la fiscalía o del juzgado.

Añade, además, que el Tribunal Constitucional ha dejado claro en su jurisprudencia que existe una preferencia por la jurisdicción penal sobre la administrativa. Con este escrito, la Fiscalía está dejando claro a la conselleria que una vez los agentes medioambientales han detectado posibles casos de caza ilegal debe ponerlo inmediatamente en conocimiento de la Justicia.

De hecho, le advierte de que no actuar de esta manera puede generar un serio problema a los responsables políticos o funcionarios. En concreto, le avisa de que el artículo 408 del Código Penal castiga «a la autoridad o el funcionario que, faltando a su obligación de su cargo, deje intencionadamente de promover la persecución de delitos de los que tenga noticia o de sus responsables, incurre en la pena de inhabilitación especial para ocupación o cargo público por un plazo de seis meses a dos años».

Por todo ello, le conmina a que en todos los casos en los cuales su conselleria tenga conocimiento de actividad, de cualquier tipo, relacionada con la caza por medio del parany, «deberá necesariamente de comunicarlo a la Fiscalía o a la autoridad judicial, para la incoación del procedimiento por delito de caza ilegal».

Además, apostilla que debe inhibirse de cualquier procedimiento administrativo sancionador. La misiva termina con un aviso en toda regla: «La Fiscalía procederá eventualmente, en vía penal, a la persecución de la omisión de la citada comunicación».

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