El juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 8 de València ha anulado la resolución de la Conselleria de Sanidad de Valencia por el procedimiento de libre designación y ordena retrotraer el procedimiento al momento en el que se produjo el vicio invalidante y que se valoren los méritos y la memoria y se dicte una nueva resolución nombrando a quien corresponda y se cumplan los requisitos de motivación.

Así consta en una sentencia contra la que cabe recurso de apelación y en el que se imponen las costas a la demandada. El sindicato CSIF se ha congratulado de que su trabajo en este caso haya dado sus frutos. La demandante, según el fallo, había alegado «falta de motivación» y «desviación de poder» por lo que pedía anular el nombramiento y que se valoraron los méritos y memoria de aspirantes.

Por su parte, la administración se opuso alegando que se trataba de un procedimiento de libre designación que no exige una confrontación de los méritos. El juez señala que tal como puso de manifiesto la demandante, la decisión «carece de la motivación exigida pues para ello se requiere una valoración singularizada de cada uno de los méritos».