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Recurso

Las residencias denuncian que el decreto de servicios sociales les discrimina

La patronal Aerte lleva ante el TSJ el modelo del Consell y exige que cualquier entidad "pueda participar con independencia de su forma jurídica"

Las residencias denuncian que el decreto de servicios sociales les discrimina

El tercer sector -entidades sin ánimo de lucro, fundaciones, cooperativas...- necesitaban estabilidad en la prestación de servicios sociales en la Comunitat Valenciana. Es decir, necesitaban dejar de trabajar mediante subvenciones anuales que les obligaban a «adelantar» la inversión que más tarde les abonaría la Administración. En el problema están todos de acuerdo. Sin embargo, la solución adoptada por parte del Consell ya está en los tribunales.

La Consellería de Igualdad y Políticas Inclusivas modificó en diciembre de 2016 la Ley de Servicios Sociales. Un año después, en diciembre de 2017, aprobó el Decreto de Acción Concertada para la prestación de servicios sociales por entidades de iniciativa social que desarrolla ese cambio legal y limita los conciertos sociales a las entidades sin ánimo de lucro. Así, las empresas privadas sí pueden presentarse a los concursos, pero a no a los conciertos.

La Asociación Empresarial de Residencias y Servicios a Personas Dependientes de la Comunitat Valenciana (Aerte) ha hecho lo que viene un año y medio anunciando: recurrir el decreto ante el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) al considerarlo «discriminatorio» y «contrario a la normativa estatal básica porque no permite que todas las entidades de servicios sociales puedan participar, independientemente de su forma jurídica».

Aerte ha presentado el recurso junto al Círculo Empresarial de Atención a Personas (Ceaps). Ahora bien, de entrada, desde Aerte se muestran partidarios de «dotar de estabilidad el trabajo de las ONG con un proyecto plurianual y no graciable», por lo que insisten en que el recurso planteado «no es contra las ONG».

«Pero lo que no podemos consentir es que se valore un trabajo en función de la forma jurídica que tenga. Para hacer un concierto social hay que valorar la calidad del servicio. Es decir, lo que se tiene que tener en cuenta es si hay enfermería 24 horas, si hay programas de acompañamiento, si se ofertan menús dobles... Y en función de la calidad realizar los conciertos. Necesitamos un modelo único en base a unos requisitos de calidad y que tengan un precio común para que todas las entidades, con y sin ánimo de lucro, puedan optar. Ir a una residencia suele comportar cierto desarraigo. Lo lógico sería que si una persona vive en Ademuz pueda contar con una plaza cercana a su residencia. Se trata de acercar el recurso a la persona. Tenemos muchas ideas y queremos colaboración. Llevamos advirtiendo a la Administración de la ilegalidad que supone el decreto del concierto social, pero lejos de admitirlo y buscar soluciones conjuntas nos han obligado a ir a los tribunales», explica el presidente de Aerte, Jose María Toro.

Además, Toro recalca que la Ley de Contratos del Sector Público, aprobada en noviembre de 2017, permite que las comunidades autónomas puedan crear figuras como el concierto social «siempre que respeten el principio de no discriminación, es decir, que permita participar en el mismo a cualquier entidad de servicios sociales independientemente de su forma jurídica. Lo que confirma la posición mantenida por Aerte todos estos meses. Aún así, el Consell aprobó el Decreto de Acción Concertada ignorando la nueva ley básica estatal en materia de contratación».

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