La sección segunda de la Audiencia de València ha condenado al notario de Paterna, Gabriel Díaz Sevillano, a siete años, seis meses y un día de cárcel por el intento de asesinato, en grado de tentativa, de su socio y también notario, Antonio V. V. F., que ejerció la acusación particular, defendido por el penalista Manuel Sáez Abad.
La Fiscalía reclamaba para el acusado tres años y medio de prisión. Y la defensa del ahora condenado, ejercida por el letrado Vicente Grima, calificaba los hechos de un delito de lesiones, con diversas atenuantes y sólo la agravante de alevosía, por lo que reducía la pena a cumplir a 45 días de cárcel, sustituible por multa.
La sentencia, en la que ha sido ponente la magistrada Sandra Schuller Ramos, considera como hechos probados que ambos notarios suscribieron un convenio para ejercer la profesión de notario en Paterna, «surgiendo desde el comienzo diferencias de criterio entre ambos notarios sobre diferentes aspectos relativos a la gestión, con el consiguiente deterioro de la relación personal entre ambos», señala el fallo en el que también han participado los magistrados José María Tomás y Tío y Maria Dolores Hernández Rueda.
Durante la convivencia profesional de ambos notarios, Gabriel Díaz «se veía continuamente menospreciado por su socio, que le tachaba de pusilánime y le incitaba a ejercer la ira y tratar más duramente a los empleados, lo que provocó el deterioro del clima laboral, unido a la situación de crisis económica generalizada y las necesidades financieras derivadas de obras que se acometieron en el local» donde trabajaban.
Una tensa situación que ratificaron varios trabajadores de la notaría, quienes confirmaron las malas formas habituales y gritos de Antonio V. V. F. a los empleados.
Para «acabar con esta situación» el ahora condenado «urdió un plan para deshacerse de su socio» y lo invitó a su casa en Paterna para que examinara un libro antiguo, al que la víctima era muy aficionado, según relata el auto.
Ya en la vivienda, Gabriel Díaz Sevillano «se pertrechó de una llave grifa y, con el ánimo de acabar con su vida, descargó un golpe con el instrumento metálico en la cabeza de Antonio que, de haberse efectuado con más intensidad, habría podido causar la muerte». Incluso intentó darle más golpes, aunque la víctima «pudo hacer frente a su agresor protegiéndose con los brazos de los golpes que llovían sobre él» hasta que logró escapar de la vivienda.
Los tres magistrados de la sección segunda consideran que Gabriel Díaz actuó con ánimo de acabar con la vida de su socio, no solo de lesionarlo, sin ninguna duda, «no alcanzando su propósito por causas independientes de su voluntad». La víctima sufrió dos heridas en «la región parietal derecha e interparietal superior, de cinco y cuatro centímetros» además de escoriaciones y heridas leves en la espalda y manos.
Para los jueces, fue «la corpulencia, reflejos y reacción de la víctima, unida a la insuficiente fuerza empleada para descargar el primer golpe, lo que impide que se consume el delito». Y también destacan que el acusado, «no tira el arma y acude a socorrer al compañero herido, sino que después de perseguirlo por el pasillo, se cambia la camisa ensangrentada y limpia el arma».
Para el fallo, la sala sólo tiene en cuenta la atenuante de reparación del daño (el agresor pagó 7.000 euros a la víctima), aunque rechaza la atenuante de arrebato porque considera que el ataque fue planificado.