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Bonificaciones con sabor a paraíso fiscal

La valenciana es la única autonomía que no exige justificar el origen del dinero para eximir al contribuyente del impuesto de donaciones. Los expertos ven una vía para blanquear fondos.

 
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La política de rebaja de impuestos del Consell hecha a base de leyes de acompañamiento que se tramitan sin un debate sosegado ha creado un maraña de normas con vías de escape por las que se pueden colar posibles defraudadores. Los expertos consultados denuncian un «olvido» fatal en las bonificaciones del impuesto de donaciones, que abre la puerta a blanquear dinero en el sector inmobiliario.

Julia Ruiz, Valencia Imagínese que usted es propietario de un piso de 150 metros cuadrados en la Avenida de Francia de Valencia y que decide ponerlo a la venta. Pongamos que el valor de mercado de esta vivienda, a 3.000 euros el metro cuadrado, es de 450.000 euros. Supongamos también que quiera ahorrase parte del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas por la ganancia de patrimonio originada por la venta y que el comprador quisiera también burlar parte del impuesto sobre transmisiones patrimoniales, sin que ello levante las sospechas de la administración tributaria de la Generalitat.
En principio, bastaría con que en la escritura de compra-venta figurara el precio mínimo que la Hacienda autonómica da por bueno en las declaraciones del impuesto de transmisiones (los inspectores no hacen comprobaciones si lo declarado se ajusta a un importe que se calcula en base al valor catastral del inmueble) y que según la situación descrita estaría en torno a los 240.000 euros. Por lo pronto, usted se ahorraría el 18% de lo no declarado (37.8000 euros) y el comprador sólo abonaría el 7% de lo declarado: 16.800 euros frente a los 31.5000 euros que le habría tocado desembolsar si hubiera declarado el importe real de la transacción.
Hasta aquí todo perfecto. Pero tendría un problema: los 210.000 euros que su comprador le habría dado en lo que comúnmente se conoce como dinero negro. Blanquearlo no sería tan difícil si sus padres le donaran esta cantidad: 100.000 euros cada uno. Su dinero afloraría y Hacienda poca cosa podrá hacer en parte como consecuencia de un política fiscal hecha a golpe de leyes de acompañamiento que se tramitan en el parlamento sin un debate sosegado. Regulación normativa imperfecta Al menos así los creen expertos en tributos consultados por Levante-EMV que denuncian que una regulación normativa imperfecta abre la puerta a convertir a la Comunitat en un pequeño paraíso fiscal. «Genera dinero negro y da cobertura para blanquearlo» , en palabras de un especialista.
La Comunitat Valenciana junto a Baleares y Murcia contempla en su normativa ventajas fiscales en el impuesto de donaciones -bonificaciones de hasta el 99%-, pero, a diferencia de las otras dos, no obliga a los beneficiarios a justificar el origen del dinero que se dona en metálico. Este requisito, que sí aparece en las leyes presupuestarias de las citadas comunidades, es para algunos expertos una vía para blanquear dinero a pequeña escala, sobre todo en el sector inmobiliario.
El círculo se completa, indican las mismas fuentes, con las exenciones ya reguladas en el impuesto de patrimonio que, además, el Consell valenciano tiene previsto ampliar para el próximo año, según consta en el proyecto de la ley de medidas fiscales (ley de acompañamiento) a los presupuestos de la Generalitat, un documento que se debatirá en las Corts la semana próxima.
En la actualidad, solo tributa a Hacienda el patrimonio que supera los 108.182,18 euros (no se tiene en cuenta todo el valor de la vivienda habitual, pero sí otras propiedades, así como fondos en metálico o acciones). En la Comunitat para 2008 este mínimo exento aumentará a 150.000 euros. La intención del Consell es suprimir este impuesto en su totalidad. De brazos cruzados Volvamos al caso práctico de antes. Pongamos que para el la administración tributaria de la Generalitat resultara sospechosa la donación de los 200.000 euros al vendedor de la vivienda de la Avenida de Francia. Como la ley no obliga a los donantes a justificar el origen de este dinero, Hacienda no podría, por ejemplo, solicitar los extractos de la cuenta bancaria que demostraran que esas personas contaban con esos fondos. En principio, lo único que podría hacer es averiguar si los donantes habían hecho declaración patrimonial. El valor de cualquier propiedad, por pequeña que fuera, por ejemplo un coche, sumado a los 100.000 euros en metálico donado por cada uno sería suficiente para superar el mínimo de los 108.182,18 euros y, por lo tanto, legalmente se les podría obligar a tributar. Quizás este matrimonio y su hijo se escaparan si el mínimo exigido fuera de 150.000 euros. El inspector de turno se tendría pues que quedar de brazos cruzados por muchas certezas que tuviera de que las arcas autonómicas acababan de perder un buen pellizco.

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